El delito de asalto en el que se involucra un arma mortal, se define como un acto violento en el que una persona, valiéndose de la fuerza o de un instrumento, asalta a otra persona con la intención de provocar lesiones corporales graves o incluso la muerte.

Para bien o para mal, en California cualquier objeto que se nos ocurra puede entrar en la definición de “arma mortal”, si y sólo si, éste es utilizado de tal forma que pueda ser capaz de infligir o provocar lesión corporal grave o la muerte, es decir, un arma mortal puede ser un cuchillo, un trofeo que ganaste en la secundaria, una pierna biónica, animales de razas agresivas, o un lápiz, siempre que se pueda usar de alguna forma para causar daño a una persona.

Como generalmente sucede para otros delitos, una sentencia desfavorable por cargos de esta índole puede conducir a la pérdida de otros derechos como: el voto o posesión de armas de fuego, y por supuesto prisión, cuantiosas multas, o la deportación en caso de ser un inmigrante. Sin embargo, estas son situaciones que muchas veces se pueden evitar si busca asesoría legal en la etapa temprana de su acusación. 

¿Ha sido acusado de asalto mortal en LA?

Si actualmente usted enfrenta cargos de esta índole, puede acudir a nuestro equipo de abogados de asalto mortal en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney para obtener la asesoría legal que necesita, un abogado comprenderá su situación, evaluará a detalle las circunstancias específicas de su caso, y planeará las estrategias de defensas idóneas para evitar así la aplicación de normas más rigurosas y reducir sus cargos, o en el mejor de los escenarios, logrará desestimar los cargos formulados en su contra.

¿Qué se considera asalto con arma mortal en Los Ángeles, California?

El delito al que hacemos referencia se produce cuando coexisten la intención de ocasionar lesiones corporales graves o matar, y que para perpetuar dicha acción la persona se valga de cualquier medio sea: objeto, animal, o la propia fuerza capaz de materializar su intención. Un ejemplo muy común es apuñalar a otra persona utilizando un cuchillo, asfixiar a una persona con una bolsa de plástico, o golpear contra el cuerpo de la persona un objeto pesado.

Es importante destacar, que usted puede enfrentar cargos por asalto con arma mortal aun si la víctima no resultó herida, pues en este delito no importa si ocurre la materialización en sí de la intención (causar lesión corporal grave), solo basta que el asaltante haya intentado la acción delictiva.

¿Qué se considera “arma mortal” para las leyes de LA California?

En california las leyes no son muy específicas en lo que se refiere a lo que constituye “arma mortal” y por el contrario muy generales, lo que desencadena que se pueda incluir, sin límite alguno, casi cualquier objeto que se utilice de tal forma que tenga el potencial de ocasionar, o probablemente ocasione, lesiones corporales graves o la muerte. Muy comúnmente pensamos en:

  • Cuchillo
  • Objetos pesados: un vehículo automotor, ladrillos, rocas, una mesa.
  • Botella
  • Cuerdas

No obstante, bajo esos parámetros, los objetos menos pensados como: una tenaza de cabello, un lápiz, un tenedor, un destornillador pueden considerarse armas mortales si son usados de tal manera que puedan causar lesión corporal grave o la muerte.

¿Qué debe probar el fiscal para que usted sea declarado culpable por este hecho punible en LA?

Si usted se ve envuelto en cargos por asalto con arma mortal tenga en cuenta que estos son los elementos que deben estar suficientemente probados por parte del fiscal para encontrarlo culpable de esta acción:

  • La ocurrencia del asalto: la comisión del acto violento contra una persona, que como ya lo hemos dicho, basta con el intento de que ocurra;
  • Uso de arma mortal y/o fuerza: recuerde que cualquier objeto puede incluirse dentro de esta denominación si éste tiene el potencial para causar lesión corporal grave o muerte;
  • El dolo: que su acción haya sido intencional o voluntaria.
  • Ser consciente de que su acción causaría ese resultado: esto implica tener pleno conocimiento de que el hecho que usted ejecutó (el ataque o asalto) tendría como consecuencia o resultado la lesión o muerte de la víctima.
  • Y muy importante, que el hecho no haya ocurrido por defensa: ya que si por el contrario usted actuó por defensa ya sea propia o de un tercero, mal podría ser declarado culpable por este tipo de delitos.

Cabe mencionar que una lesión corporal grave constituye una lesión considerable al cuerpo de una persona: huesos rotos, laceraciones, o hematomas.

Sin embargo, para la ocurrencia del delito no es necesaria la materialización de una lesión, pues poco importa el resultado en sí, y por lo contrario, lo realmente determinante es que el hecho violento probablemente haya podido dar lugar a lesiones, es decir, básicamente usted pudo haber lanzado una roca y haber roto una ventana en vez de haber causado lesiones corporales a una persona e igualmente usted puede ser condenado por estos cargos, ya que al ser la roca un objeto con el potencial de causar lesiones, al lanzarlo contra una persona, usted tenía pleno conocimiento de que el acto pudo haber resultado en una lesión grave.

Partiendo de lo anterior, podemos considerar cualquiera de estas situaciones como asalto que involucra un arma mortal:

  • Intento de apuñalamiento con un vidrio roto, aunque la persona se haya zafado o escapado del ataque sin haber sido herida.
  • Lanzar una silla contra una persona en medio de una discusión.
  • Intimidar acelerando un vehículo automotor.
  • Intimidar con un bate de béisbol, o un cuchillo.

Aunque enfrentar acusaciones por delito de este tipo sin que haya resultado un herido pueda parecerte absurdo, esto puede resultar en una ventaja para tu defensa criminal considerando que no existe prueba de la lesión por cuanto nunca existió, lo que permitiría trabajar en los argumentos de defensa para desacreditar las acusaciones o reducir considerablemente los cargos que enfrentas.

¿Qué elementos son factores incidentes a la hora de determinar la real ocurrencia del asalto con arma mortal?

Las pruebas que su contraparte pueda presentar para que usted sea condenado por este delito no necesariamente debe ser la prueba de la lesión física grave causada, los factores que le pueden jugar en contra son: amenazas verbales contra una persona, la forma en la que usó el arma mortal, qué potencial tiene ésta para ocasionar lesión grave, y proximidad física entre el arma mortal y la persona agredida, todo lo cual puede resumirse en pruebas que efectivamente demuestren que hubo un hecho violento.

¿Qué sanciones puedo enfrentar por incurrir en este delito?

Los tipos de sanciones que puede enfrentar varían de acuerdo con las circunstancias, formas o características en la que haya ocurrido la acción del delito, ya que dependiendo de esto el delito al que hacemos referencia podría incluirse en la clasificación de delito grave o menor. Para ello, el fiscal podría tomar en cuenta: la gravedad de la lesión causada (si la hubiera), precedentes penales, el arma mortal utilizada, las razones por las que se produjo el hecho, e incluso la profesión de la víctima.

Bajo esa perspectiva, si el hecho ocurrió por una discusión en casa y en un momento de molestia o rabia optó por buscar un martillo, o cuchillo (que fácilmente puede conseguirse en casa) y arrojó el objeto que cayó en la loza, o rompió una ventana, pero no causó lesión y aunado a ello usted no posee antecedentes legales violentos, el fiscal muy posiblemente lo señale por cargos de delito menor. Si es así, a usted le podrían aplicar sentencia de prisión por hasta 1 año y multa de $1.000, y según cada caso también podría ser condenado a indemnizar a la víctima, y/o servicio comunitario.

En cambio, si en la comisión del delito se utilizó un vehículo automotor, revólver descargado usado para proporcionar golpes en la cabeza a una persona, y ésta causó graves lesiones en la víctima, y si usted poseía antecedentes penales por cargos similares, probablemente el fiscal le acuse por un delito grave, por lo que, si usted es encontrado culpable, sería condenado desde 2 a 4 años de prisión, o pagar multas de $10.000, más indemnización o incautación del arma mortal.

En ambos casos, existe la oportunidad de cumplir con libertad condicional, lo que sería beneficioso, ya que estaría el menor tiempo posible cumpliendo condena privado totalmente de su libertad en prisión.

¿Qué ocurre si el “arma mortal” involucrada es un arma de fuego?

El uso de armas de fuego en la comisión del delito al que se refiere este artículo puede dar lugar a condenas más rígidas o severas, ya que tal hecho constituye una agravante del delito, y dependiendo del tipo de arma puede empañarse más la situación que rodea su caso. Por ejemplo: si ésta es semiautomática, la condena puede ir desde los 3 hasta los 9 años de cárcel, pero si el arma es una ametralladora usted puede ser condenado a 12 años de prisión.

¿Qué ocurre en caso de que la víctima del asalto resulte ser un policía, funcionario o bombero?

Anteriormente hablamos de la profesión de la víctima como un factor que determina la calificación del delito al que nos referimos, entendiéndose como víctima a la persona atacada. Pero ¿Por qué la profesión que ejerce la víctima es un factor determinante para la calificación de delito menor o grave?

En LA California si usted atacó con algún tipo arma que se considere mortal a un agente del orden público o a un bombero en el ejercicio de su cargo, y conocía o debió haber deducido su profesión, la acción delictiva siempre se tendrá como un delito grave, y dependiendo de si hubo no arma de fuego la sentencia condenatoria puede ir desde 3 a 12 años de prisión.

¿Qué relación existe entre la Ley de Tres Delitos y Fuera con el asalto que involucra arma mortal?

Según esta ley si usted tiene dos "strikes" es decir, si es condenado en dos oportunidades por

delitos graves, usted puede en su segundo juicio legal enfrentar una condena por dos veces el

lapso que refiere la ley por la ocurrencia del delito del que se le acusa, y deberá cumplir el 85% de la condena total para ser beneficiado con libertad condicional. Pero si ese constituye su tercer "strike" entonces podría estarse enfrentando de 25 años de prisión a cadena perpetua.

En ese contexto es importante, si usted está enfrentando un cargo por asalto con arma mortal como delito grave y tiene antecedentes legales previos de haber cometido delitos graves que busque asesoría legal a tiempo.

Ahora bien, bajo esa ley una sentencia por el hecho delictivo al que hacemos referencia se constituye como un “strike” en las siguientes situaciones:

  • Por haber estado involucrada un arma de fuego (ya que constituye una agravante)
  • La víctima es un agente policial, o bombero (otra agravante del delito)
  • Se causaron lesiones corporales graves

¿Qué estrategias se utilizan comúnmente como defensa para combatir cargos por este delito en LA California?

Existen bastantes defensas que son susceptibles de ser empleadas para refutar cargos de este tipo. Si usted está enfrentando cargos por este delito, debe saber que existen métodos de defensa criminal que comúnmente resultan suficientes para que las acusaciones en su contra sean desestimadas o sus cargos reducidos:

En defensa propia o de otra persona

Uno de los alegatos más utilizados en los casos de cargos por el delito al que nos referimos en este articulo es la legítima defensa, argumento según el cual usted cometió el asalto para protegerse a sí mismo o a otra persona de un peligro.

Aunque pueda parecer fácil, no basta sólo con alegar, sino que también su abogado de defensa debe probar la coexistencia de las siguientes situaciones:

  • La existencia de una amenaza, o peligro de que una persona lesione o de que le causara la muerte a usted u otra persona
  • Por lo que usted cometió el asalto con arma mortal por considerarlo estrictamente necesario para evitar la amenaza
  • Y que la fuerza ejercida fuera proporcional a la amenaza o peligro inminente que alega, esto quiere decir, que la fuerza utilizada sea la justa o necesaria para contener o evitar una amenaza.

Un abogado en su defensa puede probar estas situaciones mediante testigos, videos, e incluso de los mismos dichos de la contra parte, un abogado es capaz de verter los argumentos de la otra parte a su favor, para que los alegatos de defensa legítima sea exitosa.

Incapacidad para producir lesiones corporales graves o muerte

La incapacidad para ocasionar lesiones graves se referiré a la carencia de aptitudes, cualidades o condiciones, especialmente físicas, que hace incapaz a una persona de lesionar a otra, por ejemplo, una persona de la tercera edad, un enfermo, un discapacitado, o simplemente una persona que físicamente no podría aplicar la fuerza necesaria para producir lesiones.

Por otro lado, dicho alegato también aplica para personas que por las condiciones de tiempo y espacio no pudieron haber cometido el delito objeto de este artículo. Por ejemplo: si la comisión del delito dio lugar a las 8:00 pm hora local, y a esa misma hora usted fue captado en cámaras trabajando, entonces usted no tuvo capacidad para haber cometido la acción de la cual se le acusa.

En ambos casos usted puede lograr la desestimación de los cargos que enfrenta si su abogado logra probar su incapacidad.

Falta dolo

El dolo puede definirse como la intención en el delito cometido, es decir, que haya actuado conscientemente o con el propósito de, en el caso del delito al que nos referimos, ocasionar lesiones corporales graves, o la muerte de una persona.

Habiendo comprendido lo que es el dolo, es importante en este punto recordar que la intencionalidad en lo que respecta a este tipo de delito constituye un requisito indispensable para que se pueda considerar como tal, por lo que, de no encontrarse suficientemente probada la intención de hacer daño, o si tal delito se derivó de un hecho accidental o sin propósito alguno, los cargos que usted enfrenta no pueden siquiera entrar en la calificación de por un delito de esta índole y por ende los cargos que enfrenta serían desestimado.

Carencia del arma mortal

Por supuesto, si estamos hablando del delito de asalto que involucra un arma mortal, lo correcto es que para que usted sea acusado por tal cargo su contraparte presente elementos probatorios suficientes de la existencia de un arma mortal.

Si bien recordarán que al principio establecimos que casi cualquier objeto puede constituir un arma considerada mortal siempre que la forma en que se utilizó al momento del ataque hubiera causado, o probablemente causara, lesión corporal grave o muerte, y pues si bien esto es cierto, no es del todo malo, ya que muchas veces éstos pudieran ser objetos comunes e insignificantes. Al respecto, un abogado en su defensa podrá emitir cientos de razones por las que el objeto no puede considerarse mortal, y desvirtuar los alegatos vertidos en su contra.

Desacreditar las acusaciones formuladas en su contra

Frecuentemente existen personas falsamente acusadas de delitos que no cometieron o por presentar versiones exageradas de los hechos ocurridos, puede ser el caso de un error involuntario de testigos en la identificación del asaltante, o falsas acusaciones emitidas por personas con alguna relación de odio o enemistad. En estos casos, un abogado de defensa con experiencia en delitos de esta índole puede evaluar la motivación de la víctima, pruebas presentadas en tu contra, o las incidencias que resultaron durante el juicio, con el fin de exponer la falsa acusación.

Identificación errónea del asaltante

Si un testigo lo identificó como el asaltante del hecho delictivo violento, esto no quiere decir que realmente lo sea, la capacidad para recordar humana muchas veces nos juega en contra y más si existen elementos que pueden llegar a incidir en ella: poca iluminación, la sugestión de las personas, el parecido de las personas con un familiar, el shock de la víctima a causa del miedo en el momento del asalto, etc. Por ello, no basta que el testigo lo identifique como asaltante y, por lo contrario, el fiscal debe probar que usted realmente cometió el delito del que se le acusa.

Consentimiento de las partes

Otra estrategia de un abogado para llevar a cabo una defensa, consiste en alegar que la presunta víctima dio su consentimiento para que usted realizara la acción que accidentalmente condujo a la lesión corporal grave.

Consultar un abogado de asalto con arma mortal en Los Ángeles, CA

En caso de que usted, algún familiar, o amigo, está enfrentando cargos por asalto con arma mortal en Los Ángeles, puede contactar un abogado de LA Criminal Defense Attorney para discutir su caso de forma confidencial, un especialista le ayudará a comprender mejor la situación que rodea su caso en concreto, y planeará las defensas y estrategias aplicables para conducirlo a la mejor resolución de su problema legal, bien sea evitando las sanciones más rigurosas reduciendo significativamente los cargos formulados en su contra, o lograr que su caso sea desestimado por completo probando que los argumento en su contra son falsos o no se ajustan al delito que se alega.  

Un abogado de asalto mortal de Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney está  disponible 24/7 para brindarle un asesoramiento en materia legal adecuado y personalizado a su caso en específico, estamos dispuestos a acompañarle durante todo su proceso legal, recuerde que contactar a un abogado en la etapa temprana de su situación legal es muy importante para planear una buena táctica de defensa, nuestros abogados están preparados para proteger sus derechos individuales y emplear la más adecuada defensa tomando en consideración las circunstancias específicas de su caso en concreto.

Póngase en contacto hoy mismo con uno de nuestros abogados y agende su asesoría legal completamente gratuita y confidencial marcando al 310-933-9439. ¡Llame de inmediato!