¿Acaso fue detenido por un delito DUI y el fiscal le está ofreciendo una reducción de cargos? Si ese es el caso, seguramente se estará preguntando ¿Qué implica este acuerdo?, ¿Cómo puede favorecerle?, ¿Cómo puede afectarle?,¿Debería acceder o no?

El conducir de forma imprudente con presencia del alcohol, se conoce como wet reckless en inglés y no se trata de un delito por el que pueda ser arrestado, sino de un acuerdo disponible únicamente cuando ha cometido un delito DUI y con el cual puede lograr una reducción significativa de las sanciones que podrían llegar a imponerse con una sentencia condenatoria. Sin embargo, muchas veces los fiscales ofrecen este tipo de reducción autorizada de cargos cuando no disponen de suficientes elementos probatorios para lograr una condena a través de un juicio.

Para saber si aceptar este tipo de tratos es beneficioso o no para usted, debe acudir a un abogado capacitado que lo ayude a determinar si en sus circunstancias resultaría mejor acceder al acuerdo o llevar el caso a juicio. Si se encuentra en Los Ángeles, CA, el escritorio jurídico LA Criminal Defense Attorney, le podrá ofrecer la asesoría que usted necesite para hacer frente a los cargos en su contra.

¿Qué es la Conducción Imprudente con Presencia de Alcohol?

Consiste en un acuerdo de reducción de la pena, al que se llega con el fiscal cuando se enfrentan cargos criminales por haber cometido un delito de conducción bajo la influencia de drogas o alcohol, también conocido como un delito DUI. Este tipo de acuerdos se caracterizan por la presencia de los siguientes tres elementos:

  1. El fiscal ofrece reducir los cargos
  2. Todas las partes involucradas deben estar de acuerdo con la reducción de cargos
  3. Usted se debe declarar como culpable del delito para que proceda la reducción.

Este acuerdo implica que usted admita su culpabilidad, a cambio de una reducción considerable de la pena a imponerse, pero también implica la imposición de sanciones accesorias como la suspensión de la licencia de conducir. Y como cualquier otro acuerdo legal, cada caso concreto tendrá sus propios beneficios e inconvenientes dependiendo de las circunstancias particulares, por lo que es recomendable que antes de acceder al acuerdo ofrecido por el fiscal, se consulten las condiciones con su abogado defensor.

Este tipo de acuerdos sólo procede bajo ciertas circunstancias y usualmente es ofrecido por el fiscal cuando es la primera vez que se ha cometido el delito. En otros casos puede que se ofrezca este tipo de acuerdo, aunque se trate de una conducta reincidente, pero en tales circunstancias puede significar simplemente que el fiscal no posee suficientes pruebas para obtener una sentencia condenatoria y por eso es que lo ofrece.

¿Cuáles son las sanciones que se pueden recibir con esta reducción autorizada de cargos?

Obtener un acuerdo por conducir de forma imprudente con presencia del alcohol puede resultar muy beneficioso cuando de sanciones aplicables se trata. De acuerdo al Código Vehicular, específicamente la sección 23103.5 y el Departamento de Vehículos Automotores, la sanción aplicable a este delito puede incluir:

  1. Entre cinco y máximo noventa días de prisión.
  2. De uno a dos años de libertad condicional.
  3. El pago de una multa de hasta mil dólares.
  4. Asistencia a un programa educativo sobre el consumo de alcohol por seis semanas o, en caso de reincidencia en los últimos diez años, hasta un máximo de nueve meses.

Las sanciones antes descritas son relativamente más leves que las que supondrían una condena por DUI, siendo ello el principal atractivo de la reducción de cargos. Sin embargo, es necesario recordar que aunque es un acuerdo beneficioso para el acusado, sigue tratándose de un delito y aun cuando las sanciones son más leves siguen contando dentro de su historial de conducción. Además, requiere que usted se declare culpable de la comisión del delito, lo que puede no ser lo más favorable para usted. Por ello es importante que antes de llegar a un acuerdo con el fiscal y declararse culpable del delito, consulte con un abogado criminalista para que éste le asesore adecuadamente y le ayude a determinar si esta es la mejor estrategia de defensa en su caso.

¿En qué casos procede la aplicación de esta reducción autorizada de cargos?

La aplicación de este tipo de acuerdos no está prohibida por la ley en California, pero sí está restringida su aplicación al cumplimiento de ciertas condiciones. Es así que, con el fin de que la Corte autorice el convenio, el fiscal deberá explicar las circunstancias que motivaron la reducción del DUI, incluyendo si en el delito cometido estuvo involucrado el consumo de drogas o alcohol.

En otras palabras, no existen casos en los que se deba proceder de forma obligatoria a la reducción de los cargos, sino que existen algunas circunstancias en las que sería posible que el fiscal ofrezca un acuerdo para que los cargos sean reducidos. Las principales circunstancias en las que puede ser ofrecida una reducción autorizada de los cargos son:

  1. Cuando se trata de la primera vez que se comete un delito de conducción bajo la influencia de drogas o alcohol (DUI).
  2. Cuando el fiscal no puede probar que usted cometió un delito DUI porque no cuenta con suficientes pruebas en su contra.
  3. Cuando la sanción aplicable sería la misma con o sin el acuerdo.

Tenga en cuenta que no siempre el fiscal ofrece un acuerdo porque sea lo más beneficioso para usted. En muchos casos, la reducción de cargos es propuesta como una forma de obtener una sentencia condenatoria en un caso en el cual no se tienen pruebas suficientes para lograr la condena a través de un juicio. En algunos casos, su abogado defensor puede ayudarle a conseguir la reducción de cargos al mostrarle al fiscal que un acuerdo puede ser beneficioso tanto para la fiscalía como para usted. Sin embargo, sin importar la razón que lo motive, debe ser el fiscal el que proponga el acuerdo.

  1. Se trata de la primera vez que comete un delito de conducción bajo la influencia de drogas o alcohol (DUI). Si es la primera vez que está siendo procesado por la comisión de un delito DUI, es bastante usual que el fiscal le ofrezca la aplicación de esta reducción autorizada de los cargos, a cambio de su declaratoria de culpabilidad. Además, su abogado defensor puede emplear otros argumentos para lograr este tipo de acuerdos, utilizando como incentivo su buen comportamiento durante el arresto o que su nivel de alcohol en la sangre era bajo, aunado a que la celebración de un juicio puede extenderse por mucho tiempo y la reducción de cargos puede ser favorable para todas las partes.
  2. El fiscal no puede probar que usted cometió un delito DUI porque no cuenta con suficientes pruebas en su contra. Puede que el fiscal no haya podido ubicar al testigo clave para probar los hechos, o que en términos generales no cuenta con pruebas suficientes para garantizar una sentencia condenatoria. En esos casos, el fiscal optará por ofrecer la reducción de cargos en lugar de enfrentar un juicio que no tiene garantías de ganar. En algunos casos, es el abogado criminalista quien señala las debilidades del caso al fiscal con el propósito de obtener el acuerdo. En otros, es el fiscal quien es consciente de las fallas existentes y ofrece la reducción de cargos.

    En este escenario, su abogado defensor debe evaluar la mejor estrategia a seguir a su favor, si le conviene aceptar el acuerdo o si la ausencia de suficientes pruebas implica que para usted sería mejor lograr una absolución del cargo, después de que se lleve a cabo el juicio.

  1. La sanción aplicable sería la misma con o sin el acuerdo. Puede que la condena que sería impuesta por el delito DUI y la que recibiría en el caso del acuerdo sea iguales en razón de las circunstancias en que ocurrió la transgresión. En esos casos, el fiscal opta por ofrecer esta reducción autorizada de los cargos para evitar el costo de tiempo que implicaría celebrar un juicio para obtener los mismos resultados.

¿Cuáles son los beneficios de aceptar un acuerdo?

Los beneficios de aceptar una reducción autorizada de los cargos existen en la medida en la que se comparan sus sanciones con las penas que podrían llegar a imponerse por la condena de un delito DUI. En ese sentido, los principales beneficios que se pueden derivar de este tipo de acuerdos son:

  1. Posibilidad de que se imponga una pena más baja.
  2. Menor duración de la libertad condicional.
  3. La licencia de conducción no será necesariamente suspendida.
  4. Menor tiempo en el programa educativo de DUI.
  5. Instalación discrecional del dispositivo de encendido del vehículo.
  1. Posibilidad de que se imponga una pena más baja. El beneficio más atractivo de la reducción autorizada de los cargos es que la pena a imponer es mucho más baja que la que se impondría por delito DUI. Esto no sólo aplica para la pena de prisión, sino también para la multa o el tiempo que obligatoriamente debe cumplirse en la cárcel.

    En el caso de un delito DUI la pena a imponer puede ser de hasta seis meses pero en caso de que se celebre este tipo de acuerdo, el límite máximo de la pena sería de noventa días, cuando se trate de la primera vez que se cometa el delito. En casos de reincidencia, en los delitos DUI la pena puede llegar a ser de un año de prisión.

    El acuerdo también puede resultar beneficioso en los casos de reincidencia al influir en el tiempo mínimo obligatorio que se debe cumplir. Por ejemplo, un delito DUI cometido por segunda vez exige el cumplimiento de un mínimo de noventa días de prisión, mientras que en este delito la ley exige tan sólo el cumplimiento de cinco días de prisión como mínimo.

    En cuanto a la multa se refiere, la ley californiana establece para ambos casos el pago de una multa de hasta mil dólares, pero la diferencia radica en las evaluaciones adicionales que debe imponer la Corte, con las cuales una multa por el delito de DUI puede alcanzar el monto de tres mil dólares, mientras que en la reducción de cargos puede ser de aproximadamente mil quinientos dólares.

    En otras palabras, en materia de la pena que puede llegar a imponerse, la reducción autorizada de los cargos, implica una considerable disminución del tiempo que debe cumplirse en prisión y del monto total a pagar por concepto de multa.

  1. Menor duración de la libertad condicional. Tanto en el caso del DUI como de la reducción de cargos, cabe la posibilidad que el juez opte por imponer la medida de libertad condicional en lugar de la pena de prisión. En caso que así sea, el lapso de cumplimiento de la medida se reduce considerablemente. En la condenatoria por un delito DUI, la libertad condicional puede durar de tres a cinco años, mientras que con la reducción de cargos el tiempo de cumplimiento es entre uno y dos años.

    Es importante destacar que esta reducción en el tiempo del cumplimiento de la libertad condicional, favorece la posibilidad de eliminar por completo el cargo del registro personal del condenado, lo cual ocurre al cumplir satisfactoriamente con las condiciones de la libertad condicional. Sin embargo esta posibilidad de eliminar los cargos, sólo aplica para el registro penal, porque en el expediente vehicular del DMV quedará igualmente asentado.

  1. La licencia de conducción no será necesariamente suspendida. Tras la condenatoria por un delito DUI, es obligatorio que la licencia sea suspendida por seis meses, dos años o tres años como mínimo, dependiendo de si es la primera, segunda o tercera vez que incurre en un delito DUI. En cambio, cuando se acuerda una reducción autorizada de los cargos, que la licencia sea suspendida como parte de la condena penal es una decisión potestativa del juez quien considerará las circunstancias del caso para determinar si debe ordenar o no que la licencia sea suspendida.
  1. Menor tiempo en el programa educativo de DUI. Junto con la pena de prisión, la condena por los delitos DUI también incluyen que el condenado asista de forma obligatoria a un curso o programa educativo en materia de consumo de alcohol. Pero el tiempo que deba asistir al referido curso, va a depender de si se trata de la primera transgresión o si ya ha incurrido en el mismo delito antes, y puede durar de tres a treinta meses. En caso de que se haya llegado a un acuerdo, el programa puede durar desde seis semanas hasta nueve meses, este último caso sólo cuando exista alguna otra condena por este delito en los diez años anteriores.
  1. Instalación discrecional del dispositivo de encendido del vehículo. También será discrecional la implementación de un IID, o dispositivo de encendido del vehículo, el cual sería obligatorio en el caso de una condena por un delito DUI.

Es importante recordar que los beneficios que se pueden obtener varían de acuerdo a las circunstancias de cada caso y de los términos que ofrezca la oficina del fiscal en el acuerdo. Por ello es importante que antes de acceder a cualquier oferta, acuda a su abogado defensor para que éste verifique las condiciones del acuerdo y se las explique de forma detallada.

¿Cuáles son las consecuencias de aceptar un acuerdo?

Aunque en términos generales el acuerdo podría resultar beneficioso, no olvide que uno de los requisitos para que se configure la reducción de cargos es que usted se declare culpable de los cargos imputados por el fiscal. Esto implica que también existen algunas consecuencias negativas de una condenatoria por este delito:

  1. Se considera un delito previo para calcular las sanciones de posteriores delitos DUI.
  2. Aumenta el costo de las primas de seguro del vehículo.
  3. El DMV del Estado de California puede suspender la licencia.
  4. Implica dos puntos en la Licencia de Conducir, de acuerdo al Sistema de Puntos del DMV.
  5. Información al alcance de empleadores potenciales.
  1. Se considera un delito previo para calcular las sanciones de posteriores delitos DUI. Este tipo de acuerdos sólo es aplicable en delitos de DUI. Por lo que sin importar que la sentencia sea leve, será considerado como un delito previo. Frente a futuras comisiones de delitos de esta categoría, será considerado reincidente y en consecuencia, será agravada la pena que le será impuesta.
  2. Aumenta el costo de las primas de seguro del vehículo. Las empresas aseguradoras tienden a aumentar el costo de las primas para aquellos asegurados que han cometido delitos DUI y para efectos de estas empresas, el acuerdo no hace ninguna diferencia. Por ende, le aumentarán las tarifas para asegurar su vehículo, sea que haya sido condenado por un delito DUI, o bajo un acuerdo de wet reckless o de conducción imprudente. Otras empresas pueden llegar incluso a cancelar la póliza como consecuencia de la condena.
  3. El DMV del Estado de California puede suspender la licencia. En caso de ser condenado, la suspensión de la licencia como condena penal accesoria es discrecional del juez. Pero aun cuando esta medida no sea impuesta por el tribunal, el DMV aún puede imponerla como una sanción administrativa consecuencia de su arresto.

    Pese a cometer un delito DUI, se puede evitar esta sanción administrativa solicitando en los diez días siguientes al arresto una audiencia ante el Departamento de Vehículos Automotores. Aunque esta audiencia suele celebrarse mucho antes de que se llegue a definir si existirá o no un acuerdo en el caso penal, puede ser aplazada hasta que se adopte una decisión en el caso.

    En todo caso, la reducción de cargos lograda en el tribunal no obliga al DMV por lo que aún podrá suspender su licencia. Sin embargo, su abogado podrá usar el acuerdo como una circunstancia para reducir la sanción administrativa y evitar la suspensión en la audiencia. Pero esto no será posible si el condenado es menor de veintiún años o si se había negado a practicarse la prueba para detectar sus niveles de alcohol.

  1. Implica dos puntos en la Licencia de Conducir, de acuerdo al Sistema de Puntos del DMV. Una condena también representa dos puntos adicionales en su licencia de conducir. Recuerde que según el sistema de puntos, usted podría ser considerado un “operador negligente” e incluso su licencia puede llegar a ser suspendida si usted excede el número de puntos límites previstos por la ley en un periodo determinado.
  2. Información al alcance de empleadores potenciales. Recuerde además, que al tratarse de una condena penal, ésta se registrará en su historial y podrá ser vista por potenciales empleadores que verifiquen sus antecedentes penales.

¿Debería aceptar el acuerdo ofrecido por la fiscalía?

Aceptar o no la reducción de cargos ofrecidas por el fiscal es una decisión que depende de las circunstancias del caso concreto. Tenga en cuenta que a pesar de los múltiples beneficios que se pueden derivar del acuerdo, usted igualmente será condenado por la comisión de un delito y se le impondrá una sanción que puede ser una multa, libertad condicional por uno o dos años o prisión hasta por noventa días. Esto afectará su registro criminal y su registro de conducción, aumentando la pena aplicable si vuelve a cometer una transgresión similar. Por lo que cualquier decisión que vaya tomar debe estar debidamente asesorada por un abogado criminalista que estudie sus circunstancias y que le indique si esta es o no, la mejor estrategia a seguir en su caso. O si por el contrario, resultaría más favorable llevar el caso a juicio y obtener una sentencia absolutoria en su caso o una desestimación de los cargos.

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Si usted se encuentra en Los Ángeles, CA y actualmente enfrenta cargos por este delito, lo más recomendable es que se asesore con un abogado criminal especializado en la materia. El escritorio jurídico LA Criminal Defense Attorney está conformado por un grupo de abogados con experiencia en la defensa de este tipo de casos. Comuníquese ahora mismo con ellos al número telefónico 310-933-9439.