En California, la posesión de una sustancia controlada para la venta constituye un delito grave, y por ende su comisión acarrea sanciones rigurosas de considerable tiempo en prisión y cuantiosas multas.

Los antecedentes penales por este delito conllevan usualmente a otras consecuencias distintas a las legales, pero que también repercuten significativamente en la vida personal de quien cometió el hecho punible: dificultad para conseguir trabajo, para arrendar algún bien inmueble, afectar su condición migratoria, y hacer más compleja otras situaciones legales que esté enfrentado como un divorcio, o juicio por la patria potestad de sus hijos. Las anteriores son sólo algunas de las repercusiones que trae consigo contar con un historial criminal.

Poseer droga para vender es castigado con mayor rigurosidad que poseer droga para el consumo personal, esto se explica debido a que, al vender cualquier droga controlada, usted está contribuyendo a la adicción que repercute en la salud de otras personas y esto tiene mayor peso. Los cargos atribuidos a este delito se basan, por lo general, en indicios para identificar que la posesión de droga tiene como objetivo su venta y no un consumo personal, tal como: que la sustancia esté dividida en paquetes numerosos, pequeños, e individuales.

Abogado de posesión de una sustancia controlada para la venta en Los Ángeles, CA

Dado que un cargo por este tipo de delitos casi siempre es una situación compleja y abrumante, debe tener en cuenta que de verse involucrado debe conseguir una asesoría legal lo más pronto posible. Aunque parezca remota o nula la probabilidad de salir en libertad, obtener una asesoría a tiempo aumentará sus posibilidades. Un abogado de posesión de una sustancia controlada para la venta en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, evaluará con sumo detalle su caso y empleará la defensa que mejor se adapte a este.

¿Qué constituye la posesión de una sustancia controlada para la venta?

Un cargo en razón del delito al que nos referimos envuelve cualquier sustancia cuya elaboración, posesión, y consumo se encuentre debidamente regulado por las leyes de Estados Unidos. De manera que, en estas, se encuentran tanto las sustancias psicotrópicas ilegales, como los fármacos recetados.

Bajo ese contexto, las drogas nombradas a continuación se incluyen más no se limitan dentro de las sustancias controladas:

  • Heroína
  • Crack
  • LSD
  • Cocaína
  • Vicodin
  • Oxicodona
  • Codeína

Las tres últimas son fármacos potencialmente adictivos recetados usualmente para tratar el dolor moderado o intenso, de allí que sean legalmente controlados por las leyes.

¿Qué pruebas debe presentar el fiscal para que usted pueda ser hallado culpable por la posesión de una sustancia controlada para la venta?

Una idea errónea que se tiene con relación a este delito es que, para enfrentar las repercusiones de sus sanciones, un agente policial ha debido encontrar a la persona infraganti en el hecho punible, o tal y como se ve en las películas, que agentes encubiertos creen situaciones falsas para que las personas infractoras de la ley caigan en trampas y sean arrestadas, lo cual, si bien ocurre no es necesario que suceda. El fiscal a cargo de su caso únicamente debe traer pruebas al proceso que den certeza al jurado de su intención deliberada para vender las sustancias encontradas bajo su posesión. 

Para ello el fiscal se puede valer de los indicios para causar en el jurado certeza de su intención para vender estas sustancias que poseía. Estos mayormente son:

  • Poseer una cantidad considerable de droga.
  • Que la droga esté dividida en muchos paquetes pequeños e individualizados.
  • Tenencia de instrumentos utilizados para medir como: balanza.
  • Tenencia de materiales utilizados para empaquetar tal como: cinta para embalar.
  • Tenencia de muchos teléfonos celulares.
  • Sumas de dinero cuantiosas en moneda de baja denominaciones.
  • Visitas en su residencia por parte de numerables personas que permanecen un tiempo breve y luego se van.

En fin, cualquier otro elemento que arroje indicios de que usted posee droga para su venta ilegal.

En ese sentido, estos son los elementos que se deben tener en su contra para que se entienda ocurrido el hecho punible:

  • Que usted poseía una sustancia controlada.
  • Que usted sabía que poseía la sustancia, y de hecho conocía que se trataba de una droga legalmente controlada.
  • Que la cantidad de ésta sea considerada suficiente para vender y consumir.
  • Que su intención era vender o revender la sustancia.

A continuación, le explicamos a detalle a que se refiere cada uno de estos elementos:

Posesión de una sustancia controlada

Esto no necesariamente requiere que la persona tenga la sustancia en las manos o alguna otra parte de su cuerpo o ropa que lleva puesta, basta con que sea encontrada en el lugar de residencia o en un vehículo para que se considere que está bajo su posesión.

Además de ello, el presunto poseedor debe estar en conocimiento de su posesión y de que era una sustancia legalmente controlada, es decir, no basta con que consigan la droga en su vehículo, sino que usted sabía que estaba ahí y que su venta era ilegal.

Ahora bien, existen distintas clasificaciones que la ley otorga a la posesión de sustancias, estas son:

Posesión Real

A este tipo de posesión también se le denomina como física, y refiere al control directo y físico de una persona con la sustancia, bien sea porque la tenía en sus manos, la llevaba consigo en su ropa, o en su bolso.

Posesión Constructiva        

La Posesión Constructiva respecto a una sustancia se concibe cuando la persona que posee ejerce un control sobre esta aun cuando físicamente no la lleve consigo. Por lo general, el hecho se basa en pruebas circunstanciales, por ejemplo, que la droga estaba guardada en el lugar de residencia de la persona escondida en una pared, o en un armario.

Posesión Articulada

Este tipo de posesión refiere a la situación en donde más de un sujeto ejerce control sobre la sustancia controlada, un ejemplo muy común es que la sustancia de la cual se trate esté sobre una mesa a la vista de todos los que permanecen en la vivienda o en un área de uso común en esta. De manera que, todos los individuos que se encuentren en el lugar de la residencia pueden enfrentar cargos de este tipo.  

El conocimiento de poseer sustancias controladas

Al igual que en líneas anteriores se explicó, este delito requiere que la persona tenía pleno conocimiento de su posesión, de lo contrario mal podría atribuírsele una responsabilidad legal dado que no conoce su procedencia ni ejerce un control sobre esta. Un ejemplo de la situación a la que nos referimos es cuando estas personas son engañadas para llevar bolsos, maletas o trasladar un vehículo que contienen droga a otra persona.

Del mismo modo, la persona que enfrenta las acusaciones debe conocer que la sustancia poseída es legalmente controlada según la Ley de Sustancias Controladas de los Estados Unidos, en palabras más cortas, que usted sabía que su venta es ilegal. Para probar este punto, los agentes de orden público se valen del comportamiento de la persona normalmente evasivo de la ley. Por ejemplo, escapar de la residencia en medio de un allanamiento policial, o querer mantener oculta la venta.

Cantidad suficiente para vender y consumir

Para que usted sea hallado culpable por un cargo de este tipo, se debe probar que la sustancia poseída resulta ser una cantidad considerable para su venta, y además que para quien la compre también sea suficiente para consumir, es decir que la dosis a vender baste para que sea consumida.

Fines de venta

Este elemento tiene una mayor relevancia, dado a que el control legal sobre la sustancia es respecto a su venta, por ende, su fin último debe ser la venta sea personal o mediante terceros. En ese sentido, la venta supone recibir un precio valor (dinero, bienes, o servicios) por traspasar la posesión de la sustancia a otra persona que la compra.

Su relevancia también radica en que es un elemento diferenciador de la posesión con fines de consumo personal, la cual como lo habíamos mencionado con anterioridad, trae consigo consecuencias legales menos rigurosas que la posesión con fines de venta. Bajo ese contexto, si un fiscal logra probar la posesión, el conocimiento, pero no que su fin último era la venta, su cargo sería reducido por parte de su abogado en leyes criminales.

¿Cuáles son los factores que pueden determinar la finalidad de poseer sustancias legalmente controladas?

Según las circunstancias del caso en concreto pueden surgir factores o indicios que sirvan para determinar el propósito de la posesión de sustancias controladas, es decir, si su fin último era la venta, o por el contrario, para el consumo personal. Algunos de estos son:

  • Cantidad de la sustancia controlada; si esta era considerable, puede tratarse como fines de venta, pero si en caso contrario, esta es irrisoria o mínima, los más probable es que sea para uso personal.
  • El paquete de la sustancia; si está envuelta con cinta gris, o en pequeñas bolsas, y en una cantidad considerable, esto puede ser indicativo de que la droga de la cual se trate tiene fines de venta.
  • Poseer parafernalia o instrumentos de droga; un ejemplo de estos es: las balanzas, químicos, cinta gris, entre otros que comúnmente se utilizan por personas delictivas para tratar la droga con fin de venta.
  • Mucho dinero en efectivo; en cuyo caso el fin de la sustancia controlada sería la venta.

Los anteriores constituyen indicios diferenciadores entre ambos delitos, sin embargo, no son limitantes de otros que surjan por las circunstancias de cada caso en específico. Lo importante es que estos causen certeza sobre los argumentos vertidos.

¿Qué sanciones puedo enfrentar en estos casos?

Según los estatutos de California, la comisión del mencionado hecho punible siempre se le atribuye un cargo por delito mayor o grave, y en tal sentido los estatutos que usted podría enfrentar son mucho más rigurosos, estas van desde pena de prisión de mínimo 1 año y máximo 4, hasta pago de dinero por concepto de multas cuantiosas no mayor a $20.000.

No obstante, la rigurosidad de las sanciones antes mencionadas y de otras, dependerá de las circunstancias y detalles de cada caso específico. Por ejemplo, del tipo de sustancia controlada que se posea; si se trata de una sustancia psicotrópica ilegal como la cocaína, o una que simplemente no es de venta libre como el Vicodin, o la cantidad que posea de estas.

En el caso específico en que la sustancia legalmente controlada sea base o pasta de cocaína, la condena de prisión a cumplir podría ascender a los 5 años.

Así mismo, si la sustancia legalmente controlada se trata de cocaína o su base, o heroína, dependiendo de la cantidad que haya poseído, podría pasar un tiempo considerable en prisión, según las leyes de California corresponden de la siguiente manera:

  • 3 años de prisión si la cantidad excede de 1 Kg
  • 5 años de prisión si la cantidad excede de 4 Kg
  • 10 años de prisión si la cantidad excede de 10 Kg
  • 15 años de prisión si la cantidad excede de 20 Kg
  • 20 años de prisión si la cantidad excede de 40 Kg
  • 25 años de prisión si la cantidad excede de 80 Kg

Y de incurrir en alguno de los supuestos anteriores también podrá ser condenado al pago de hasta por un valor de ocho millones de dólares por conceptos de multa.

Cabe mencionar que, según las circunstancias del caso y el criterio de cada jurado, de ser hallado culpable usted puede cumplir sentencias adicionales por separado que correspondan a cada venta que pretendió realizar, y hasta traerle como consecuencia la pérdida de otros derechos tales como: posesión de armas de fuego, votar en elecciones de cargos públicos, postularse a estos, ser deportado en caso de que sea un inmigrante, entre otras.

¿En caso de ser condenado culpable puedo optar por el denominado programa de desviación de droga?

Este programa del gobierno permite cumplir la condena en un centro de tratamiento en vez de la privativa de libertad en prisión. Este tipo de beneficios es aplicable sólo en aquellos casos de cargos no violentos por posesión de sustancias controladas, y según los detalles específicos de este.

Sin embargo, en el caso concreto del delito objeto de este artículo, no aplica el antes explicado beneficio, dado a que este constituye un delito mayor por cuanto el fin de la posesión de drogas no es su consumo personal sino su venta.

¿Cuáles son las defensas que se emplean en estos casos?

Si usted está enfrentando cargos a razón de este delito, debe saber que muchas veces se tratan de casos complejos y abrumantes, por lo que debe buscar un abogado de leyes criminales que lo defienda, cuanto antes mejor, ya que esto aumentará sus posibilidades de lograr una condena menor o incluso que usted sea puesto en libertad. No se abrume si su situación legal parezca compleja o piense que las posibilidades de ser declarado inocente son nulas o escasas, más común de lo que aparenta, estos cargos en ocasiones se ven debilitados mediante técnicas de defensa utilizadas por abogados criminalistas con experiencia.

Son innumerables las estrategias de defensa que un abogado de leyes criminales puede emplear según las circunstancias del caso, las más frecuentemente invocadas en delitos de esta índole son las siguientes:

Que usted no poseía ningún tipo de sustancia controlada

Siendo que el primer requisito para la ocurrencia de la posesión de sustancia controlada destinada a venta es precisamente que usted posea la droga de la cual se trate, de no ser así mal podría si quiera sufrir una condena mínima, por lo que, en todo caso, de no existir evidencia que acredite su posesión, o de ser el caso, su abogado trae al juicio elementos probatorios que evidencie que realmente usted no poseía droga, sus cargos serán desestimados y por consecuencia quedaría en libertad.

Si bien usted poseía la sustancia controlada de la cual se le acusa, su fin no estaba destinado para la venta

Estar en posesión de una sustancia legalmente controlada, no necesariamente significa que el fin último de esta era la venta. Esta defensa aplica en aquellos casos donde si bien el acusado estuvo en posesión de droga, no pretendía vender las misma por cuanto era para su consumo, en cuyo caso acarrearía un cargo de posesión de sustancias controladas para consumo personal, lo cual conlleva enfrentar sanciones menos rigurosas.

Otro caso donde aplica esta defensa es causar certeza o convicción en el Juez de que la sustancia controlada terminó brevemente o de forma accidental bajo su posesión, por lo que en el momento que fue hallado estaba tratando de desligarse de esta.

Usted no estaba en conocimiento de que poseía droga o de su naturaleza controlada

Esta es una de las defensas más comúnmente aplicadas en aquellos casos donde el acusado de cometer el delito no tenía conocimiento que poseía una sustancia controlada, por ejemplo, que usted haya sido engañado para entregar a un tercero una caja que contenía paquetes de gran cantidad de heroína, pero le mintieron diciendo que se trataba de equipos electrónicos. De probar esta situación, dado que no tenía un control sobre la droga por cuanto no sabía de su posesión respecto de esta, no podría ser sentenciado culpable de este delito. En estos casos colaborar con el proceso de investigación puede ayudar a que el caso sea menos complejo.

Usted es víctima de engaños o trampas por parte de agentes policiales

La defensa a la que aquí nos referimos obedece a los casos donde el hecho punible se cometió bajo la coacción o la incitación de agentes policiales, pese a que usted no quería realizar la conducta delictiva de la cual se acusa.

Violación al derecho establecido en la Cuarta Enmienda

Otra defensa muy común es argumentar violación al derecho de la cuarta enmienda, lo que quiere decir que el proceso de registro e incautación no cumplió con las normas legalmente establecidas, y de ser el caso, el Juez a cargo se verá obligado, en cumplimiento de la ley, de quitar el valor probatorio del informe del procedimiento en cuestión, lo que consecuencialmente, causará que dicha evidencia no podrá ser usada en su contra, y muy posiblemente (de ser la prueba más relevante) se llegue a desestimar el caso.

Pruebas insuficientes

Esta defensa usualmente lleva a atacar las evidencias que se tienen respecto de los elementos que deben coexistir para ser declarado culpable por el delito al que nos referimos, por cuanto estas no bastan para probar el delito.

Cabe destacar, que la forma de asegurar que su defensa sea efectiva y sólida es asesorarse por un abogado criminalista, ya que cada caso en concreto es diferente del otro, y las estrategias deben ser aplicadas según los detalles del mismo.

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En California, enfrentar una condena por la posesión de sustancias controladas para la venta constituye sin duda alguna un proceso abrumador, dado que, al tratarse de un delito grave, las consecuencias que puede conllevar son a corto, mediano, y largo plazo devastadoras. Extensos tiempos en prisión, multas cuantiosas, antecedentes penales, repercusiones en su estatus migratorio de ser inmigrante, por nombrar algunos, son las potenciales sentencias que debe cumplir de ser condenado culpable.

Es por ello que, si usted se ve envuelto en una situación legal como esta, le recomendamos que busque lo antes posible un abogado de leyes criminales para trabajar en su defensa, entre más rápido, mayores serán sus posibilidades de reducir la complejidad del caso. Contrate a un abogado de posesión de sustancias controladas para la venta en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney para que evalúe su caso a detalle, y lo ayude a entender las oportunidades que tiene para debilitar el juicio formulado en su contra.

Agende ya mismo su asesoría completamente gratuita llamando al 310-933-9439, nuestro equipo de abogados le responderá todas las inquietudes o dudas que tenga en torno a su caso.