Usualmente, se tiene una percepción muy básica de lo que implica el delito de conducir bajo la influencia de drogas (DUID), debido a que, equivocadamente las personas lo asocian de forma limitada al uso sustancias ilícitas tales como cocaína, crack, heroína, o de medicamentos sin la prescripción médica requerida. Esto tiene como consecuencia muchos casos en los que por desconocimiento se afrontan cargos por conducir bajo influencia de drogas.

En realidad, muchos medicamentos tienden a provocar somnolencia, lo que resulta en que, bajo su consumo, no sea prudente conducir, por ejemplo, los antialérgicos que son accesibles aun sin prescripción médica y de uso muy común por las personas. De allí que, dichos medicamentos contengan esta advertencia en sus etiquetas y que, de contrariar tal señalamiento, usted pueda ser arrestado por conducir bajo la influencia de drogas. Para evitar esto, es recomendable que, aunque usted obtenga autorización médica, lea las indicaciones de las etiquetas o consulte a un profesional de la medicina acerca de los efectos que el fármaco pueda causar.

Lo importante aquí, es que usted entienda que para enfrentar cargos de esta índole no es relevante si la droga fue legalmente recetada o que sea una sustancia psicotrópica ilegal, por cuanto una sentencia condenatoria por este delito puede ser aplicada independientemente de que la droga sea un antigripal o cocaína, siempre y cuando el uso de esta haya incidido de forma negativa en su capacidad de conducir. 

Una sentencia por este delito puede generar la pérdida de su licencia de conducir durante un periodo de seis meses y hasta más, según las especificaciones y detalles de su caso; así como, pena de prisión, y/o pago de dinero por concepto de multas, esta última es una de las sanciones más comúnmente aplicadas en estos cargos.

Ser arrestado por cargos de esta índole en muchos casos puede ser desgastante, por ello busque la asesoría de un abogado de DUID en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney para evaluar su situación legal en específico y emplear las defensas que más se adecúen a su caso en particular.

¿Qué implica cometer un DUID?

En términos legales, la palabra “droga” se emplea para referirse a cualquier sustancia, diferente del alcohol, que sola o combinada con otras, cause en el cuerpo afectaciones en el cerebro, músculos, o el sistema nervioso, y como consecuencia de ello, se vea impedida su capacidad para conducir. Según lo anteriormente dicho, cualquier medicamento legalmente recetado, de venta libre, o sustancias psicotrópicas ilícitas son consideradas drogas para los efectos de la ley.  

Por otro lado, según las normas en California, la actividad de “conducir” se refiere a controlar de forma deliberada y voluntariamente un vehículo automotor para que este se mueva de un lugar a otro. Por lo que aun cuando la distancia recorrida sea corta, si usted movió su vehículo bajo los efectos de las drogas, puede enfrentar cargos por este delito. Sin embargo, permanecer en su vehículo sin que esté en movimiento, no constituye un hecho punible a razón del delito al que aquí nos referimos.

Bajo esta perspectiva, el delito objeto de este artículo implica que quien conduce un vehículo automotor, se vea afectado física o mentalmente con ocasión de una o varias sustancias distintas al alcohol (droga), y que a consecuencia de ello no sea capaz de conducir de forma prudente o precavida.

Sobre este delito, es importante destacar, por un lado; que no se tiene un límite de drogas en la sangre legalmente establecido, ya que, médicamente hablando, no se conoce con certeza qué cantidad de estas sustancias en el sistema se requieren para considerar a una persona como incapaz de conducir. Y por el otro; que independientemente de la dosis que tenga de una sustancia en su sangre, si los efectos que esta produce no influyen negativamente en su coordinación o capacidad de conducción, bien sea porque desarrolló tolerancia a esta o cualquier otro factor, entonces no puede ser condenado por cargos a razón de este delito, aun cuando existan precedentes de que otras personas que la tomaron una sola vez o esporádicamente, les afectó considerablemente.

¿Qué sustancias comúnmente generan cargos por DUID en California?

Usualmente, las sustancias que pueden llevar a afrontar cargos por un delito de esta índole son las siguientes:

  • Marihuana, aunque esta sea como uso medicinal, ya que como hemos dicho, su obtención legal no es relevante, sino que haya afectado apreciablemente su capacidad para conducir un automóvil.
  • Cualquier opiáceo de los comúnmente utilizados para tratar el dolor, aunque este fuera recetado.
  • Cocaína, metanfetamina, y cualquier otra droga ilícita.

Y en general, como hemos comentado en líneas anteriores, cualquier otra sustancia que por sí sola o combinada con otras cause efectos sobre el cerebro, músculos, o sistema nervioso, siempre que se vea deteriorada la capacidad o coordinación para conducir de la persona que la consuma.

¿Qué evaluación se realiza para determinar la incapacidad de conducir bajo la influencia de drogas de una persona para que sea arrestado?

A diferencia del alcohol, que puede ser medido en el organismo mediante pruebas de aliento y sangre, hasta la fecha no existe un método o evaluación que dé certeza del nivel de capacidad de un conductor para ser prudente o precavido bajo sustancias de algún tipo. Y dado que lo que se cuestiona, en este delito en específico, es la capacidad de la persona para mantener la coordinación y la debida precaución sobre el vehículo automotor, lo cual no se puede medir objetivamente, los agentes policiales hacen entonces uso de parámetros subjetivos: observar cuidadosamente la forma de actuar, hacer preguntas, y poner atención a los indicadores que expongan de forma apreciable la incapacidad para conducir. Estos últimos pueden ser:

  • Ojos rojos.
  • Desequilibrio.
  • Sudoración excesiva.
  • Poca capacidad para mantener los ojos abiertos.
  • Respuestas incoherentes.
  • Lengua blanca.
  • Dificultad para expresarse o comunicarse, entre otros.

Otros parámetros utilizados por los oficiales, son situaciones en las que, por ejemplo: usted haya pasado la prueba de medición de alcohol, pero no ocurrió igual con las “FSTs” al no tener capacidad para mantenerse estable en un pie, caminar derecho, o girar, lo que puede dar lugar a un indicio de estar bajo los efectos de algún tipo de droga.

Tenga en cuenta que, en una investigación por el cargo de conducir bajo los efectos de droga, el informe de un agente de la ley por sí sólo basta para encontrarlo culpable de dicho delito, sin embargo, un abogado defensor puede debilitar su valor mediante el uso estrategias idóneas en su caso.

De igual forma, para la investigación del caso, y a fin de evaluar la capacidad del acusado para conducir, los agentes de la ley se ayudan de los expertos en el reconocimiento de sustancias o drogas conocido como “DRE” quien llevará a cabo las evaluaciones pertinentes tales como:

  • Control de pulso.
  • Examen de la vista.
  • Pruebas musculares.
  • Revisar si existen puntos que indiquen inyección en el cuerpo.

El examen que lleva a cabo el “DRE”, a su vez, puede consistir en repetir la prueba de sobriedad, realizar una serie de preguntas y pedir al conductor que se realice el examen de sangre u orina.

¿Qué ocurre si me niego a hacerme una prueba de encontrárseme sospechoso de conducir bajo la influencia de drogas?

Aunque nos parezca que tenemos potestad sobre nuestro cuerpo en una situación legal de este tipo, esto no es del todo cierto, ya que en ocasiones podemos ser sometidos a pruebas sin necesidad de prestar nuestro consentimiento para ello, por ejemplo, si usted se encuentra en estado de gravedad e inconsciente por causa de algún accidente causado presuntamente por conducir bajo los efectos de drogas, un funcionario del orden público tiene a su alcance procedimientos legales que le permiten obtener la orden de un juez para extraer muestras de sangre por medio de los médicos a cargo.

Además, si usted es detenido en su vehículo por sospechas de conducir bajo los efectos de drogas, y se rehúsa a cumplir con las pruebas, lejos de ser una situación beneficiosa, puede acarrearle sanciones mucho más rigurosas y otros cargos que complicaran la defensa de su abogado en leyes criminales.

El Consentimiento implícito.

En California, “el consentimiento implícito” refiere en que al obtener una licencia válida de conducir usted otorgó su permiso para someterse a pruebas químicas de ser considerado sospechoso de DUID. De allí que rehusarse a ser sometido le pueda traer consecuencias judiciales más rigurosas, como citaciones, multas, o pérdida de la licencia y su caso resulte ser aún más serio. Que no se someta a estas pruebas, no significa que su acusación no podrá ser probada y, por el contrario, su conducta sirve para exponer su culpabilidad.

¿Qué pruebas debe presentar el Fiscal en su contra para determinar su culpabilidad por conducir bajo la influencia de droga o DUID?

Para que usted sea hallado culpable por este delito el Fiscal asignado a su caso deberá probar la coexistencia de los siguientes elementos:

  • Que usted consumió una o varias sustancias, para lo cual se realizan pruebas que determinen la existencia de estas en la sangre.
  • Que bajo el consumo de estas usted conducía un vehículo automotor, que se puede probar mediante videos de cámaras de seguridad, testimonios, el informe policial, entre otros.
  • Y, por último, se debe probar que usted estaba incapacitado para conducir por los efectos de estas sustancias, al punto de no lograr manejar el vehículo con la misma prudencia con que probablemente lo haría una persona que no se encuentra bajo el consumo de sustancias. Siendo que la capacidad de conducir bajo los efectos de drogas es un cuestionamiento subjetivo puede llegar a ser difícil de probar cuando los indicios o elementos que se tienen son escasos, o en otras ocasiones son debilitados por un abogado de leyes criminales con experiencia en este tipo de casos. Lo más común es que si usted fue detenido por un agente policial, el Fiscal se haga valer del informe de este para exponer indicios de incapacidad en su contra.

¿Qué sanciones son comúnmente aplicadas en los casos DUID en California?

Las sanciones aplicables en California para el delito de conducir bajo la influencia de drogas varían según si se presentan los cargos como delito menor o grave. Ello dependerá de los detalles y circunstancias específicas de cada caso, por ejemplo, si la droga era un medicamento común, o una sustancia psicotrópica ilícita, si conducía solo, o con un menor de edad a bordo del vehículo, si causó algún accidente o solo perdió el control del vehículo, y situaciones similares que puedan agravar o no su situación.

Lo que comúnmente ocurre es que el hecho punible sea calificado como delito menor, y de ser el caso, las sanciones que puedan aplicarse son: pasar un breve tiempo en prisión, libertad condicional desde 3 y hasta 5 años, pago de dinero por concepto de multa, clases de educación de drogas, y/o suspensión de licencia para conducir por un tiempo determinado.

Pero si por el contrario el cargo por DUID es calificado como un delito grave, las sanciones aplicables son: desde 16 meses hasta 4 años de prisión, multa cuantiosa de mínimo $1.000 y máximo $5.000, y/o suspensión de licencia para conducir por hasta 1 año.

Otras consecuencias legales a corto, mediano, o largo plazo por condena de DUID

Los antecedentes penales de una persona pueden llegar a entorpecer su vida a nivel personal y profesional, en muchas ocasiones los empleadores buscan saber si sus candidatos poseen registros criminales, lo cual puede incidir negativamente en las posibilidades de obtener un buen empleo, y más aún, si el empleo del que se trata requiere de una responsabilidad al volante, o simplemente te hayas quedado sin licencia para conducir por un tiempo.

De igual forma estos antecedentes son verificados por compañias aseguradoras que quizás no le admitan por haber tenido condenas de este tipo, o a consecuencia de ello, le coticen primas muchísimo más altas.

Ser condenado por este delito también puede llegar a incidir en un proceso legal por Divorcio o por custodia de sus hijos, ya que conducir bajo la influencia de drogas teniendo a bordo a sus hijos supone una acción negligente y poco cuidadosa que los pone en peligro.

¿Cómo puedo defenderme si soy arrestado por conducir bajo la influencia de drogas o DUID?

Un abogado de DUID, que evalúe los detalles específicos de su caso, tiene a su alcance numerosas estrategias de defensas que a menudo resultan suficientes (si son empleadas en una forma adecuada) para reducir sus cargos o lograr la desestimación de su caso.

Usualmente, un juicio por DUID se basa en el informe policial al momento de su arresto, por lo que las defensas que mayormente se emplean son las destinadas a debilitarlo, por ejemplo, si en su informe el agente policial manifestó que usted tenía ojos rojos y llorosos, su abogado de leyes criminales puede alegar que sus causas son distintas a las de droga, tales como una gripe o alergia común.

Una ventaja de estos casos, cuando son delitos menores, es que al momento del juicio y de que el agente policial es llamado a testificar, ya habrá transcurrido un tiempo considerable desde que fue arrestado, por lo que muy comúnmente sucede que el agente de la ley falle en su memoria dado que ha llevado a cabo para entonces numerosos arrestos. Esta situación puede ayudar a debilitar el juicio en su contra.

Entre las defensas más comúnmente utilizadas se encuentran las siguientes:

Los indicadores por los cuales se basó su arresto se deben a otras causas distintas a drogas

A menudo los síntomas que llegaron a ser indicadores para los agentes policiales pueden deberse a otros factores diferentes al consumo de drogas, por ejemplo, en el caso de la somnolencia; esta puede deberse al cansancio, para el caso de los ojos rojos; este es un síntoma muy común en alergia, la sudoración excesiva; puede ser a causa del nerviosismo del momento.

La detección de droga en la sangre no significa que usted se encontraba bajo su influencia

Esta defensa refiere que, aun cuando sea detectada en el sistema el consumo de drogas no necesariamente deba significar que usted haya estado bajo sus efectos al momento de conducir. Un ejemplo de esto sería el caso específico de la marihuana que puede permanecer en la sangre hasta un máximo de 7 días, sin embargo, los efectos que esta produce se disipan en horas, bajo este contexto, usted pudo ser arrestado 3 días después de haberla consumido y aun así ser hallada en su sangre.

Otra de las situaciones que se pueden presentar bajo esta defensa es cuando el conductor desarrolló tolerancia a un medicamento, es decir, que su respuesta a este se vea disminuida debido a factores como el peso, o el uso muy frecuente, donde el organismo se adapta a la droga y no produce los efectos que tendría en otras personas. Sucede mucho en el caso específico de fármacos que por lo general, y según la experiencia de los agentes policiales, deterioran la capacidad de conducir de forma prudente o precavida, por ejemplo, el Diazepam o comúnmente conocido como Valium, dado a que es un medicamento cuyos efectos pueden llegar a ser: somnolencia, debilidad muscular, y/o pérdida de la coordinación, resulta altamente peligroso conducir bajo sus efectos, sin embargo, en el entendido de que usted haya desarrollado tolerancia a este, en nada afectará la capacidad de conducción.

Que el vehículo no estaba en movimiento

Para que una persona pueda ser hallada culpable de DUID, se requiere que la persona haya operado el vehículo de tal manera que este se mueva de un lugar a otro. Si usted estaba sentado en el puesto del conductor y el vehículo no se encontraba en movimiento, aun y cuando estuviere bajo los efectos causados por drogas, usted no puede ser acusado de DUID, así como tampoco si usted condujo hacia un lugar, se detuvo, y consumió drogas sin manejar nuevamente su vehículo, esto no constituye un delito por DUID.

Caso por intoxicación involuntaria

Aunque el delito al que aquí nos referimos no requiere la intención deliberada de la persona para conducir bajo efectos que pongan en peligro su integridad física o la de los individuos en general, existen casos en los que una persona se intoxica de forma involuntaria, muchas veces estas situaciones son producto del engaño de personas inescrupulosas, comúnmente ocurre por tomar bebidas alteradas con estas drogas proporcionada por otras personas, y que el conductor consume sin tener conocimiento de tal alteración. Dado a que esto es una situación en la que ya no resulta por causa del conductor no puede atribuírsele su responsabilidad en el hecho punible.

Los resultados arrojados por pruebas químicas fueron inexactos

Las pruebas de orina o sangre que se realizan a manos de los agentes policiales muchas veces no son confiables, sino que, por el contrario, sus resultados resultan incorrectos debido a distintos factores que afectan la toma de estas muestras, y que por lo general son los siguientes:

  • No se extrajo la muestra debidamente.
  • El equipo que se utilizó ya se encontraba contaminado.
  • Almacenamiento y manejo inadecuado de muestras.

Y en general cualquier otro factor que incida en la alteración de los resultados arrojados por las muestras tomadas, son motivos para ejercer este tipo de defensas.

Conseguir un abogado de DUID cerca de mí

Si usted o un ser querido actualmente está siendo investigado por conducir bajo la influencia de drogas en Los Ángeles, es sumamente importante que busque asesoría legal lo más pronto posible, esto le ayudará a aumentar sus posibilidades de reducir los cargos vertidos en su contra, o incluso que su abogado de leyes criminales logre desestimarlos por completo. Un abogado de DUID en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney puede evaluar los detalles específicos de su caso y acompañarlo durante todo el proceso. Evite enfrentar sentencias rigurosas llamando al 310-933-9439 para agendar una asesoría gratuita y confidencial. ¡Marque ya!