Conducir en estado de ebriedad o con un nivel excesivo de alcohol en la sangre es una situación muy seria, pero cuando en virtud de ello se causan lesiones personales a otro individuo el escenario legal es mucho más complejo, porque básicamente la responsabilidad penal de esas lesiones recae sobre el conductor ebrio y ello deriva en posible tiempo de cárcel o prisión y pagar grandes cantidades de dinero por indemnizaciones económicas a las víctimas, entre otras consecuencias legales también serias.

Una vez ocurrido un accidente automovilístico es común que las autoridades policiales investiguen el hecho para ver si se encuentra relacionado a un conductor que se encontraba bajo los efectos del alcohol o las drogas, y de ser el caso asumen casi que inmediatamente que el accidente se causó por la negligencia de este, pero realmente y aunque el conductor haya estado ebrio, las causas de un accidente pueden ser distintas. De allí que sea importante acudir a un abogado para asesorarse si enfrenta acusaciones por DUI causando lesiones, para que este se encargue de realizar una investigación aparte para presentar otros hallazgos a los que se pudiese atribuir la causa del accidente.

Si le acusaron de este delito y está en Los Angeles puede llamarnos para que un abogado de LA Criminal Defense Attorney revise su escenario legal y vea cómo puede ayudarle. Por ahora quédese leyendo nuestro artículo hasta el final para comprender sus cargos y los aspectos legales involucrados.

¿Qué ley tipifica este delito? y ¿Qué es lo que establece?

La ley que regula este hecho punible es el estatuto 23153 contenido en el Código Vehicular de California (VC) y establece que es ilegal conducir ebrio o drogado o con un BAC de 0.08% o superior y al mismo tiempo realizar un acto prohibido por la ley, o conducir con negligencia y que con motivo de ello se causen lesiones corporales a una persona que no sea el conductor.

De lo establecido por la referida ley es importante destacar ciertos puntos:

  1. El primero de ellos es que la ley no sólo se aplica para conductores ebrios sino también aquellos que están bajo los efectos de drogas
  2. Lo segundo es aclarar que la ley no exige que el nivel de alcohol en la sangre sea de 0.08% o uno superior, esta es una de las maneras en que se configura el delito, pero también habla del conductor que simplemente está bajo los efectos del alcohol, que a los propósitos de las leyes de California implica que las habilidades físicas o mentales del automovilista se vean afectadas hasta el punto de que ya no pueda conducir de forma segura, independientemente de su BAC.
  3. Y punto número tres. La ley se aplica cuando el accidente causó lesiones personales en un individuo distinto al conductor, que puede tratarse incluso de un pasajero de su vehículo.

¿Cuáles son los elementos que configuran este hecho punible?

Los elementos que configuran el delito son las circunstancias que deben estar presentes en el hecho para que se tenga como consumado el hecho punible y un juez pueda dictar una sentencia en contra de quien está siendo acusado.

Dichos elementos son también los hechos que debe probar la parte acusadora más allá de una duda razonable, de modo que, no es usted quien debe demostrar que en el caso que se investiga no se suscitaron tales circunstancias, sino que la carga probatoria corresponde a la fiscalía o al abogado privado de la supuesta víctima, y en todo caso le corresponde es a su abogado defensor desvirtuar y contradecir las pruebas de su contraparte.

Ahora bien, es muy importante que usted conozca cuáles son los elementos que configuran el DUI causado lesiones, a fin de que comprenda lo que este implica y también de abordar cuestiones legales para los propósitos de este artículo. En tal sentido los elementos que configuran este delito son:

  • Usted violó una ley de DUI
  • Al hacerlo violó una ley adicional o actuó con negligencia mientras conducía
  • El acto ilícito o negligencia fue la que provocó la lesión

Como antes mencionamos, la carga de probar estos elementos corresponde a la parte acusadora, pero se debe destacar que esta debe probar es la coexistencia de todos los elementos dentro de un mismo hecho, pues cada uno por separado, si bien podría constituir un delito, no configura el de DUI causando lesiones.

Veamos qué implican cada una de estas circunstancias.

Usted violó una ley de DUI

DUI no es un solo delito, sino que comprende serie de estos con supuestos legales específicos que los configuran. Algunos de estos son:

  • DUI estándar, que es conducir con un nivel de alcohol en la sangre (BAC) de 0.08% o superior
  • Conducir en estado de embriaguez, el cual no se basa en el nivel de alcohol sino en que las habilidades físicas o mentales del conductor se vieron afectadas por el alcohol al punto de ya no poder conducir de manera segura, independientemente de si la persona está dentro del límite legal de BAC o no
  • Conducir bajo los efectos de drogas, según el cual es ilegal conducir bajo los efectos de cualquier medicamento o droga ilícita o recetada que afecte su capacidad de conducir

Estos son los delitos de DUI en los que normalmente se incurre. Sin embargo, existen otros como DUI con licencia comercial y conducir bajo la influencia de alcohol y drogas combinadas.

En sí, la parte acusadora debe probar que usted incurrió en un hecho punible de DUI demostrando que incurrió en los supuestos legales específicos descritos por la ley que se le está acusando de violar.

Violó una ley adicional o actuó de manera negligente mientras conducía

Ahora bien, demostrar únicamente el elemento anterior sólo lo haría merecedor de las consecuencias legales que prevé la ley que regula el delito de DUI, pero no prueba un DUI causando lesiones, pues para demostrar este último la parte acusadora también deberá demostrar que usted:

  • Violó una ley adicional, es decir, aparte de la de DUI, o
  • Incurrió en negligencia

Violar una ley adicional a la de DUI puede ser por ejemplo conducir en exceso de velocidad. Y actuar con negligencia podría ser no mantener una distancia debida o no lograr pisar el freno a tiempo.

Sin embargo, muchas veces ni el DUI, ni el acto ilegal o la negligencia del conductor son los causantes del accidente, porque en este pudieron intervenir otros factores que desencadenaron el mismo y que terminó con una o varias personas lesionadas, lo que nos lleva al próximo elemento.

El acto ilícito o negligencia fue la que provocó la lesión

La parte acusadora debe demostrar suficientemente que su acto ilegal o negligencia en virtud de su conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, fue en sí la que produjo el accidente en el que otra persona se lesionó.

Este es el elemento que los abogados defensores suelen atacar con más frecuencia contradiciendo que su acto ilegal o negligencia fue la que ocasionó el accidente alegando que fue otro hecho o factor el que lo desencadenó. Por ejemplo, puede que usted condujera con un BAC superior a 0.08% y a pesar de que sentía cansancio el incidente jamás se hubiere producido si el otro vehículo no hubiese ido en alta velocidad, entonces la negligencia del otro conductor fue la que produjo el incidente que causó las lesiones y no la suya.

¿Es relevante el grado de la lesión para que se configure el delito?

La ley a la que nos estamos refiriendo no establece como tal que la lesión ocasionada debe ser grave o una gran lesión en términos legales, simplemente habla de lesiones corporales en general, por lo que para nada es relevante el grado de la lesión y técnicamente hasta un moretón o rasguño configura el delito.

Lo que sí es importante mencionar es que la ley señala que la lesión debe ser ocasionada a una persona diferente del conductor, por lo que si este fue el único lesionado no existe delito. Pero se debe acotar que esta ley es aplicable cuando la persona lesionada es uno de sus pasajeros.

¿Qué consecuencias legales prevé la ley por la comisión de este delito?

De acuerdo con las leyes de California este delito es un “wobbler” ¿qué significa? básicamente que se pueden presentar los cargos como delito grave o menor según:

  1. Las circunstancias o hechos específicos de cada caso, en la que se toma en cuenta por sobre todo: el número de personas lesionadas, el grado de gravedad de las lesiones, la magnitud del accidente, entre otros factores relevantes para el caso
  2. Los antecedentes penales del acusado, tomándose en cuenta si en veces anteriores el acusado habría sido condenado por otros delitos de DUI

En tal sentido, las sanciones dependen de si lo imputaron por un delito menor o grave siendo más severas las de este último. Así pues, si la parte acusadora presentó cargos por un hecho punible menor las sanciones que prevé la ley son:

  • Entre 5 días y 1 año en una cárcel del condado
  • Libertad condicional informal de entre 3 y 5 años
  • Pagar una multa de mínimo $390 y máximo $5.000
  • Curso de DUI cuya duración es de entre 3, 9, 18 y 30 meses
  • Suspensión de su licencia para conducir por un periodo de 1 o 3 años, sin embargo, el condenado puede seguir conduciendo sin ninguna limitación siempre que instale un IID a su vehículo, esto es un dispositivo que impide que el auto encienda hasta que no se realice una prueba de aliento, debiendo mantenerlo por 6 meses
  • Pagar una restitución económica a las personas lesionadas

Pero si se presentaron cargos por un delito grave, las sanciones que prevé la ley son más severas, y comprenden las siguientes:

  • Mínimo 2 y máximo 4 años de prisión estatal
  • Pagar una multa cuyo monto mínimo es $1.015 y máximo $5.000
  • Curso de DUI cuya duración es entre 18 y 30 meses
  • Revocación de su licencia de conducir por 5 años o instalar un IID y mantenerlo durante 1 año

Además de lo anterior, también es posible que lo declaren infractor habitual de tránsito por 3 años.

Ahora bien, hay circunstancias agravantes que pueden hacer más severas las sanciones en el caso de tratarse de un delito grave, por ejemplo:

  • Si la persona lesionada sufrió una gran lesión, entonces el conductor se enfrenta a una pena de prisión de entre 3 y 6 años adicionales y consecutivos, es decir, que se empiezan a contar una vez complete el tiempo de prisión establecido en su sentencia inicial
  • 1 año de prisión adicional y consecutivo por cada persona lesionada, pero esta condena no puede pasar de 3 años.

Por otro lado, cuando la lesión causada se considera una lesión corporal grave, el delito se convierte en un “strike” de acuerdo con la ley de tres strikes. Esta ley básicamente considera delitos graves como “strikes” y con cada uno de estos hay una consecuencia mayor que puede resultar en el incremento de su pena.

Así por ejemplo, un primer “strike” no genera un incremento de la pena, pero queda como antecedente y advertencia en caso de futuros crímenes. Con un segundo “strike” la pena de prisión prevista por la ley del delito subyacente se incrementa al doble. Y por un tercer “strike” la pena de prisión es de entre 25 años de prisión a cadena perpetua, independientemente de lo que establezca la ley del delito subyacente.

Por lo que, en caso de tener varios “strikes”, la sanción por este delito puede ser muy severa, e incluso si este es su primer “strike” el sólo hecho de tenerlo como advertencia en caso de futuros delitos es preocupante.

¿Qué estrategias de defensa se pueden ejercer para enfrentar este cargo?

Lo ideal es que busque un abogado para que este revise el caso y determinar una defensa adecuada, pues no todas las estrategias de defensa logran los mismos efectos en todos los casos, siendo necesario efectuar un análisis previo de los hechos, criterios judiciales de otros jueces en caso similares, leyes aplicables, pruebas en contra y la evidencia que se puede usar a favor, para emplear la defensa más idónea.

No obstante de lo anteriormente dicho, a continuación se señalan cuáles son las estrategias de defensa más comúnmente empleadas por los abogados para luchar contra este tipo de cargos:

  • Sin acto ilegal o negligencia al conducir
  • Su negligencia no fue la causante de la lesión producida a la víctima
  • Actuó de esa forma para evitar un resultado peor

En las siguientes líneas explicamos en qué consisten estos alegatos de defensa.

Sin acto ilegal o negligencia al conducir

Ya antes explicamos que para que un individuo sea condenado por este delito, es necesario que la parte acusadora pruebe la coexistencia de una serie de elementos o circunstancias dentro de los hechos. Precisamente una de esas circunstancias es que, además de haber violado una ley de DUI, usted haya cometido un acto ilegal (tal como ir en exceso de velocidad) o una negligencia (como no guardar la debida distancia entre su auto y otros vehículos), sin alguno de esos dos supuestos no es posible decirse que se consumó el delito y por tanto no podría el tribunal declararlo culpable.

Supongamos que usted estaba conduciendo con un BAC de 0.09% (estaba incurriendo en el delito de DUI estándar) pero su nivel de tolerancia al alcohol es mucha al punto de que no le afecta al conducir, por lo que estaba manejando de forma segura, pero debido a fallas mecánicas del vehículo, que no ha podido prever aun siendo diligente con el mantenimiento de su auto, fue que se ocasionó el accidente que terminó con la víctima lesionada.

Su negligencia no fue la causante de la lesión producida a la víctima

La parte acusadora posiblemente presente la investigación realizada por las autoridades o una privada en la que se afirme que su acto ilegal o negligencia fue la causante de las lesiones personales de otro individuo. Pero usted a través de su abogado defensor puede presentar una investigación diferente con mayor peso y justificación que evidencie que, aunque fue una mala actuación de su parte conducir ebrio o drogado, eso no fue lo que causó el accidente en el que resultó herida la otra persona, sino un factor distinto como el clima, el mal estado de la carretera o la negligencia de otro conductor.

Un ejemplo muy común es que usted estaba conduciendo ebrio, pero el accidente no ocurre si el otro vehículo que impactó contra el suyo no hubiese ido a exceso de velocidad.

Actuó de esa forma para impedir un resultado peor

Muchas veces los accidentes ocurren por el reflejo de un conductor que quiere evitar que ocurra algo peor. Por ejemplo, que usted estuviera conduciendo con un BAC de 0.08%, sin embargo, su conducción no se vio afectada por ello y conducía cautelosamente, pero se atravesó un menor de edad que perseguía una pelota, para evitar atropellarlo usted se desvía del carril y choca con otro auto en el resultó lesionado un pasajero. En este escenario, si bien usted violó una ley de DUI y causó la lesión de alguien más, su acción estaba justificada en evitar quitarle la vida a un menor de edad.

Conozca otros delitos similares al DUI causando lesiones

Tenga en cuenta también que existen otros delitos con supuestos legales similares al de DUI causando lesiones y por los cuales podrían acusarlo además de o en vez de este, algunos de estos son:

  • Homicidio vehicular en estado de ebriedad - 191.5 del Código Penal
  • Poner en peligro a niños – 273(a) del Código Penal
  • Chocar y huir provocando lesiones o muerte – 20001 del Código Vehicular

Vamos a ver qué regulan estas leyes.

Homicidio vehicular en estado de ebriedad - 191.5 del Código Penal

Una persona incurre en este delito cuando estando bajo los efectos del alcohol o las drogas conduce de manera negligente y en virtud de ello provoca un accidente en el que muere otra persona.

Este delito es un “wobbler” por lo cual se puede presentar cargos como menor o grave. Si se lo imputan como menor las sanciones son pena de cárcel por hasta 1 año y multa máxima de hasta $1.000, y como delito grave las consecuencias legales que se derivan son prisión estatal por hasta 4 años y una multa cuyo valor máximo es de $10.000.

Sin embargo, las sanciones anteriores sólo se aplican si la negligencia se considera ordinaria, pero si la negligencia es grave, el delito siempre se trata como grave y la pena de prisión es más severa pudiendo ser de 4, 6 y 10 años.

Poner en peligro a niños – 273(a) del Código Penal

Si en el momento en que ocurrieron los hechos usted conducía estando un niño como pasajero, podría además ser acusado de poner en peligro a un niño y en ese caso se enfrenta es de hasta 1 año en la cárcel del condado una multa de hasta $1.000, siempre que el niño no hay corrido riesgo de muerte o de sufrir lesiones corporales graves, por que siendo ese el caso, podría enfrentarse a 2, 4 y 6 años de prisión estatal y multa cuyo valor no exceda de $10.000

Chocar y huir provocando lesiones o muerte – 20001 del Código Vehicular

Este estatuto tipifica como delito que un conductor huya de la escena de un accidente automovilístico en el que una persona resultó herida o murió, lo cual constituye también un delito “wobbler” por el cual el acusado se enfrenta hasta 1 año en una cárcel del condado tratándose de un delito menor, y hasta 4 años en una prisión estatal tratándose como delito grave, y en ambos casos al pago de una multa no menor de $1.000 ni mayor de $10.000.

Necesito ayuda legal de un abogado cerca de mí

Estos casos son típicamente muy complejos, por lo que es muy importante hablar con un abogado que conozca las leyes de DUI para que sea este quien revise su escenario legal específico y planee una estrategia sólida para afrontar sus cargos.

Si fue acusado de DUI causando lesiones en Los Angeles llame al 310-933-9439 para que un abogado de LA Criminal Defense Attorney lo asesore. Estamos a su disposición las 24 horas del día y los 7 días de la semana para usted, así que puede hablar con nosotros ahora.