Es considerado como un crimen en California que un sujeto porte cualquier armamento de fuego cargado bien sea en algún sitio público, calle pública o dentro de algún vehículo.

Tal conducta por lo general es considerada como un ilícito menor que acarrea la imposición de medidas correctivas como el encarcelamiento y el desembolso de altas sumas de dinero, sin embargo tales medidas pueden ser más estrictas cuando se configura alguna condición agravante. Además una condena de esta índole podría perjudicar de manera relevante la situación de un inmigrante al acarrear su deportación si se trata de un no ciudadano, y por otro lado puede perjudicar también los derechos de acceder y tener armas.

Ahora bien, usted se preguntará ¿si posee un arma en un compartimiento de su vehículo un agente policial puede examinarla? Y la verdad es que de acuerdo a la constitución sí, siempre y cuando el agente tenga una causa probable que le haga presumir que usted cometió un delito. No obstante el segmento 25850 del Código Penal consiente que los agentes policiales revisen el armamento llevado por un sujeto en el interior de su vehículo únicamente cuando se encuentre ubicado en alguna calle pública.

Afortunadamente un sujeto acusado por infringir la ley siempre tendrá el derecho de defenderse, e intentar desvirtuar los alegatos formulados en su contra, para lo cual se recomienda ser asesorado y guiado por un abogado conocedor del tema cuya experiencia le ayudará a concretar cuáles son las acciones más idóneas para tomar en relación al caso y así obtener un veredicto a favor por parte del Juez.

Si fue incriminado Portar un Arma de Fuego Cargada en Los Angeles, CA, debe buscar asistencia legal urgentemente, y la mejor del área puede conseguirla en la firma LA Criminal Defense Attorney, donde están los abogados mejor preparados para asumir su caso, luchar arduamente por proteger sus intereses y convencer al Juez de que lo declare inocente presentando para ello la evidencia necesaria u obteniendo al menos la imposición de sanciones menos fuertes.

¿Qué abarca este delito?

De acuerdo al segmento 25850 perteneciente al Código Penal, se considera que un individuo es culpable de portar un armamento de fuego cargado, cuando lo lleva bien sea en cualquier vehículo o sobre su persona en algún sitio o calle de carácter público.

Son ejemplos de esta situación los siguientes escenarios:

  • Un individuo que camina por un parque mientras lleva en sus manos una maleta que contiene en su interior una pistola la cual está cargada. En este caso tal sujeto puede ser acusado por infringir la normativa 25850 PC.
  • Una mujer que maneja su automóvil en una calle pública, mientras tiene guardado en su guantera un armamento cargado. En este caso, como la mujer se trasladaba por una vía pública y tenía bajo su poder un arma cargada puede ser procesada por infringir la norma 25850 PC.
  • Un hombre que se traslada hacia su trabajo con un arma cargada en su maletín, puesto que debe atravesar una zona sumamente peligrosa y decide llevarla para defensa personal, en este caso tal hombre puede ser penado por violar la ley.

¿Qué condiciones deben configurarse para que la corte pueda emitir un veredicto de culpabilidad contra un sujeto acusado de violar la norma 25850 PC?

Para que un sujeto sea condenado por poseer un arma cargada el fiscal está obligado a demostrar que se configuró lo siguiente:

  • Que el imputado tenía bajo su poder un armamento de fuego cargado bien sea en un automóvil o sobre su persona.
  • Que el imputado sabía que tenía bajo su poder un armamento.
  • Que el imputado cuando llevó a cabo tal conducta estaba en algún sitio público, calle pública, ciudad incorporada o bien, en determinada área donde estaba prohibido disparar armas de fuego.

A continuación de describen varios puntos a efectos de comprender mejor el tema:

Armas de fuego

Es todo artefacto creado con el objetivo de emplearse como un arma, el cual descarga algún proyectil por medio de algún cañón, el cual es impulsado por algún tipo de explosión o combustión. Representan ejemplos de este tipo de armas: pistolas, rifles, revólveres, tasers y escopetas.

Además dicha definición también incluye artefactos capaces de tirar algún proyectil impulsado por un cohete u otro tipo de dispositivo integrado por materiales incendiarios. Ahora bien, las pistolas de perdigones o de aire comprimido, que funcionan por la influencia del aire no entran dentro de esta categoría.

Cargado

De acuerdo a la legislación un armamento está cargado cuando:

  • Posee algún proyectil o un cartucho no gastado.
  • Posee una bala dentro.
  • Posee alguna munición bien sea dentro del cañón o del cilindro.

En resumen, un armamento se considera cargado cuando contiene cualquier proyectil o cartucho dispuesto de una manera en la que puede ser disparado, lo que implica que si el imputado guarda dicho cartucho en algún sitio totalmente diferente, donde no se encuentra posicionado para disparar, no puede asegurarse que el armamento efectivamente se encontraba cargado.

Un ejemplo es el siguiente escenario, una mujer que va conduciendo su vehículo mientras lleva una pistola guardada dentro de la guantera, sin embargo los cartuchos se encuentran ubicados en el maletero. En este escenario en específico, dado que los cartuchos no están dispuestos para disparar, dado que se encuentran en un sitio diferente, no se puede afirmar que el arma está cargada.

En su persona

Implica que el imputado debe tener un arma guardada en su persona o dentro de algún objeto que el mismo tenga en sus manos, como lo es el hecho de que tenga tal arma dentro de su bolsillo, o en algún maletín que lleve en una de sus manos.

Observaciones

En relación a este punto se deben tener en cuenta lo siguiente:

  • La ley no exige que el arma este en buenas condiciones de operatividad para que algún sujeto sea declarado culpable de violar la norma 25850 PC, simplemente se exige que la misma haya sido creada para emitir disparos y que la misma haga parecer que funciona.

Saber que se está en poder de una arma

Para que un sujeto sea acusado por este delito, la fiscalía debe comprobar que cuando este ejecutó tal conducta sabía que tenía bajo su poder un armamento, sin embargo esto no implica que el mismo deba haber tenido conocimiento de que el armamento efectivamente estaba cargado. Es decir, basta con el simple hecho de saber que se estaba en posesión de un arma, mas no se exige conocer que el arma se encontraba cargada.

Sitio público

Es todo lugar al cual el público puede acceder fácilmente, como lo son los estacionamientos públicos, parques, calles, aceras o vías y de forma general cualquier área a la cual la colectividad puede ingresar fácilmente.

¿Existen exenciones para ser procesado por este ilícito?

Determinadas personas están excusadas legalmente para ser condenadas por este delito, es decir que las mismas pueden portar legalmente armas de fuego en sitios públicos, siempre y cuando cumplan algunas condiciones específicas.

Algunas de estas exenciones son:

  • Los agentes encargados de impartir la ley.
  • Los agentes encargados de impartir la ley, que han sido jubilados honorablemente.
  • Los agentes del orden federal.
  • Los miembros del ejército, que desempeñan de manera activa las funciones a su cargo.
  • Los agentes de seguridad facultados mientras desempeñan las funciones a su cargo.
  • Los guardias facultados de vehículos protegidos mientras desempeñan las funciones a su cargo.
  • Los propietarios de licencias para portar armamentos ocultos.

¿Qué es una autorización para portar armamentos ocultos?

También llamado CCW es una autorización otorgada para que un sujeto pueda llevar algún armamento fuera de su vivienda, según el segmento 26150 PC, dicha autorización sólo se puede otorgar cuando quien lo pide cuenta con un buen reconocimiento a nivel moral, un motiva que justifica su solicitud, reside dentro del condado o pasa la mayor parte del tiempo en este debido a su trabajo y ha concluido exitosamente un programa de armas.

Un CCW en California solo rige la posesión bien sea de pistolas, revólveres o cualquier otro tipo de armas que se puedan guardar en la persona, por ende tener una autorización de este tipo no representa un justificativo legal para tener armamentos restringidos o de asaltos ni para blandir armas.

¿Qué castigos penales se derivan de una condena por esta clase de delito?

Esto va a depender de la calificación que se le dé al delito, por lo general una violación la norma 25850 PC es catalogada como delito menor, en cuyo escenario conlleva las siguientes condenas:

  • Obligación de estar bajo custodia por el lapso máximo de un año en alguna cárcel perteneciente al condado.
  • El desembolso de hasta 1.000 $

No obstante pueden configurarse ciertas condiciones agravantes que conllevan a que el delito sea procesado como wobbler o como felonía.

Un delito de este tipo se convierte en wobbler cuando se evidencia que el imputado no es efectivamente el poseedor legal del arma o cuando ha sido sentenciado anteriormente por ejecutar algún ilícito menor vinculado con drogas.

Se debe aclarar que un delito wobbler es considerado un tambaleo, es decir que la fiscalía está en el derecho de presentar cargos por la presunta comisión de algún hecho delictivo menor o felonía, para lo cual debe estudiar minuciosamente el caso, sus consecuencias derivadas y los antecedentes criminales del imputado.

  • Como delito menor acarrea la obligación de estar bajo custodia por el lapso máximo de un año en alguna cárcel perteneciente al condado y/o el desembolso de hasta 1.000 $
  • Mientras que como felonía es punible con la obligación de estar bajo custodia por el lapso máximo de tres años en alguna cárcel perteneciente al condado y/o el desembolso de hasta 1.000 $

Pero un delito de este tipo puede procesarse directamente como felonía cuando:

  • El imputado poseía alguna sentencia anterior por incurrir en determinada felonía o cualquier delito vinculado con armamentos.
  • El arma encontrada en posesión del imputado es robada.
  • El imputado integraba una banda criminal.
  • El imputado no era el titular del armamento.
  • El imputado tenía limitados sus derechos de adquirir y poseer armas.

En el suceso de que se configure cualquiera de las circunstancias señaladas pueden imponerse las siguientes medidas:

  • Obligación de estar bajo custodia por el lapso máximo de tres meses en alguna cárcel perteneciente al condado.
  • El desembolso de máximo 10.000 $

¿Qué sucede cuando el imputado cuenta con sentencias anteriores desprendidas de delitos de armas?

El imputado por violar la norma 25850 PC debe cumplir de manera obligatoria un periodo mínimo de 3 meses bajo custodia en una cárcel del condado cuando ha sido sentenciado con anterioridad por ciertos delitos, tales como:

  • Asalto con cualquier arma mortal – 254 a 1 PC.
  • Disparar contra algún automóvil o vivienda habitada – 246 PC.
  • Blandir un armamento – 417 PC.

¿Se desprenden consecuencias adicionales por cometer un delito de esta clase?

Además de las consecuencias penales mencionadas en el segmento anterior un individuo condenado por este delito puede enfrentar las siguientes consecuencias:

  • En caso de que el condenado sea un inmigrante existe la probabilidad de que el mismo sea deportado del país o declarado como inadmisible en el mismo, sin importar que su estatus migratorio sea legal o no.
  • Es probable que se impongan sanciones civiles a nivel estatal y que una condena de esta índole afecte una licencia profesional, dado que quienes se desempeñan en determinadas profesiones para las cuales se requiere licencia probablemente vean su imagen así como su reputación perjudicada.
  • Por otro lado una condena de esta magnitud puede afectar los derechos sobre armas del condenado, pero solo si la condena resulta de la ejecución de una felonía puesto que una condena por un ilícito menor no acarrea tal consecuencia. Es decir, si el condenado fue declarado culpable por una felonía verá limitados sus derechos de acceder a armas y tenerlas bajo su posesión.

En concordancia con este punto debe tenerse en consideración que si una felonía es reducida a ilícito menor, es factible que se restituyan los derechos de armas.

¿Cómo defenderse en estas situaciones?

Existe una amplia variedad de defensas que pueden emplearse para enfrentar cargos de esta clase, no obstante se debe tener muy en cuenta que cada caso es diferente, ya que cada uno cuenta con situaciones distintas que lo originaron y por ende tampoco generan las mismas consecuencias, esto refleja la importancia de contar con un abogado experto en la materia cuyo conocimiento y trayectoria le permitan establecer el plan de defensa más idóneo para cada caso en particular y así lograr que el juez dicte un fallo de inocencia a favor del imputado o uno disminuido.

Sin embargo a continuación podrá observar algunas de las defensas más empleadas en estos escenarios:

Defensa

Descripción

El imputado desconocía que tenía bajo su control un armamento

Un sujeto únicamente puede ser sentenciado por violar la norma 25850 PC, si la fiscalía logra dejar en evidencia que este tenía conocimiento de que poseía un arma cargada, de no ser así no puede dictarse una condena en su contra.

El imputado estaba en un sitio que no era público.

Como se mencionó en un segmento anterior, un sitio público es aquel de fácil acceso para la colectividad, lo que implica que cualquiera está en posibilidad de transitar libremente a través de este. Por tal motivo si un sujeto porta un arma en sitio privado donde el acceso está limitado no debe ser castigado por incurrir en este delito.

El imputado tenía bajo su control un arma para su propia defensa o la de otro.

Esta estrategia de defensa puede emplearse cuando el imputado portaba un arma cargada dado que consideraba de forma sensata que él u otro estaba expuesto a un riesgo grave y apremiante de padecer un daño, lo cual hace necesario poseer un arma para evadir la amenaza.

El armamento se encontraba descargado.

En el en escenario de que el arma bajo el poder del imputado este descargada por no tener balas, cartuchos o proyectiles en su interior sin usar, este no debe ser declarado como culpable de violar la ley en estudio, pero existe la probabilidad de que si sea procesado por violar otra normativa legal concerniente al porte de armas descargadas en sitios públicos.

Los agentes policiales llevaron a cabo el arresto sin respetar el procedimiento establecido por la ley.

Esta estrategia de defensa puede emplearse cuando durante el arresto los oficiales encargados del mismo no se sujetaron a los procedimientos establecidos por la ley, como por ejemplo no leer al detenido los Derechos Miranda.

En este supuesto el abogado defensor debe consignar ante la corte las pruebas que demuestren que hubo irregularidades en cuanto al arresto.

Los agentes policiales tuvieron una mala conducta.

Esto ocurre cuando los agentes policiales demuestran una conducta contraria a la ética, al sembrar pruebas falsas o coaccionar al imputado para que se declare culpable, presentar informes falsos, realizar registros e incautaciones ilícitas, entre otras conductas.

El imputado tenía una autorización para portar armas ocultas.

Esto representa una de las excusas legales señaladas por la legislación, la cual evita que un individuo sea juzgado por portar armas cargadas. A tal efecto un CWW autoriza a un individuo para llevar un armamento fuera de su vivienda.

El imputado se estaba desempeñando como cazador y tenía el armamento guardado en un compartimiento cerrado.

Esto representa una de las excusas legales señaladas por la ley, la cual evita que un individuo sea juzgado por portar un arma cargada.

¿Hay delitos vinculados a este?

Si, existen varios delitos que se asemejan a este, debido a sus elementos, entre ellos:

  • Portar armas ocultas
  • Portar abiertamente armamentos descargados en público.
  • Venta de armamentos de fuego sin contar con una licencia

Portar armas ocultas

Es una conducta delictiva tipificada por el segmento 25400 PC, según el cual incurre en este todo aquel que tenga un arma oculta sobre su persona o en cualquier vehículo, sin importar si está cargada o no.

Cómo puede deducir ambos delitos se asemejan en el hecho de que se busca castigar el porte de armas de fuego, no obstante la diferencia entre ambos radica en que la norma 25400 PC es aplicable independientemente de que el arma bajo el poder del imputado se encuentre cercada o no, mientras que la norma 25850 PC, solo se refiere al porte de armas cargadas en sitios públicos.

Portar abiertamente armamentos descargados en público.

Es un hecho punible, cuyo basamento jurídico está asentado en el segmento 26350 PC, la cual señala que es culpable del mismo todo aquel que porte un armamento descargado de manera abierta un cualquier sitio público.

Venta de armamentos de fuego sin contar con una licencia

Es un acto delictivo consagrado en el segmento 26500 PC, según el cual todo aquel que venda, transfiera o alquile armamentos de fuego sin poseer una licencia que lo autorice a desempeñar tal actividad debe responder penalmente ante la justicia.

Contactar a un abogado especializado en el delito de Portar un Arma de Fuego Cargada cera de mí

Los delitos relacionados con armas son rigurosamente regulados de acuerdo a las leyes de California, esto debido a que el estado busca garantizar el bienestar colectivo a través de su creación, puesto que son muchos los sucesos fatales que se desenlazan a partir del uso de armas fuego como lo son incidentes que culminan en lesiones personales e incluso el fallecimiento de la víctima.

Presentarse ante la corte como acusado por violar la ley en este sentido, no implica de forma obligatoria que se va a recibir un fallo de culpabilidad, pero si no se toman las medidas necesarias y se solicita ayuda legal es muy probable que se dicte una sentencia que acarree tiempo tras las rejas y el desembolso de altas sumas de dinero. Lo cual deja en claro lo importante que es contar con la ayuda de un abogado especialista en el tema que valore la situación e indique cuales son las acciones pertinentes para lograr un veredicto favorable por parte del Juez.

Si está actualmente acusado en Los Angeles, CA por Portar un Arma de Fuego Cargada, un abogado de LA Criminal Defense Attorney puede guiarlo durante todo el proceso judicial, indicando cuales son las medidas que deben tomarse para solventar su situación de la mejor manera posible y encargándose de todos los procedimientos que un juicio conlleva, solo debe comunicarse por medio del 310-933-9439 y pedir que le asigne una cita para comenzar a ser asesorado. Tenga en cuenta que los abogados que conforman este bufete resaltan entre el resto por su compromiso y dedicación en cuanto a los casos que asumen.