Los adultos dependientes y los ancianos forman parte de un grupo de personas que gozan de protección especial por parte del Estado de California a través de sus leyes, y esto se debe al supuesto de que los mismos son vulnerables al estar impedidos para satisfacer sus necesidades por sí solos, lo cual los expone frecuentemente a ser víctimas de maltrato propiciado por sus cuidadores y familiares quienes tienen la responsabilidad de hacerse cargo de los mismos a nivel legal y suplir sus necesidades.

A tales efectos para ley un anciano es todo individuo que posea una edad igual o superior a 65 años, mientras que un adulto dependiente es aquel que necesita del cuidado de otro para poder cubrir de forma efectiva sus necesidades primordiales, estos normalmente sufren de maltrato físico, psicológico, abuso económico, abandono, secuestro, aislamiento y negligencia, lo cual es una circunstancia que concurre con frecuencia y se puede observar al ver la gran afluencia de casos que son procesados bajo estos cargos ante los tribunales.

Existen una serie de parámetros y señales que pueden indicar que un adulto dependiente o un anciano está siendo víctima de abuso tanto a nivel físico como psicológico, y una persona al notar los mismos está en él debe de acudir ante la autoridad competente para formular una denuncia y que el caso sea investigado a fin de resolver dicha situación.

No obstante al ser un delito consagrado dentro del marco del Código Penal, en caso de que un individuo sea declarado culpable por cometer el mismo será obligado al cumplimiento de varias penas que incluyen encarcelamiento en una prisión del condenado o del Estado y pago de multas, además tendrá antecedentes criminales que serán verificados cuando el mismo intente optar a un empleo, crédito, beca entre otras, y el mismo probablemente será descartado, dado que ser señalado como un criminal es una circunstancia que genera repudio y exclusión por parte de la sociedad.

Por ende si se presentaron cargos en su contra por Abuso de Ancianos y Adultos Dependientes, en Los Angeles, CA no pierda la calma y contacte a un abogado del bufete LA Criminal Defense Attorney, donde están los profesionales mejor calificados del área, recuerde que el hecho de que pese una acusación en su contra no significa necesariamente que vaya a ser declarado culpable, sin embargo la mejor estrategia de defensa que puede usar es solicitar asesoría y representación de un experto en leyes penales desde el inicio del proceso, que se encargue de examinar el caso y trate de desvirtuar las acusaciones presentadas.

¿Qué es el abuso de ancianos y adultos dependientes?

Es un delito perteneciente a la categoría de ilícitos de violencia doméstica, que se encuentra estipulado en el apartado 368 PC, el cual señala que incurre en la mencionada conducta criminal quien deliberadamente ocasiones o permita que un adulto dependiente o algún anciano padezcan, o le cause dolor corporal o sufrimiento psicológico injustificable.

Ese acto criminal puede configurarse de manera continua es decir en varias ocasiones o de forma aislada y generalmente es ejecutado por los familiares de la víctima o la persona encargada de proporcionarle cuidados.

A manera de ejemplo se mencionan los siguientes supuestos:

  • Un hombre que deja encerrado en su cuarto a su padre de 90 años y se niega a darle alimento.
  • Un cuidador que valiéndose de engaños intenta convencer a un anciano de 80 años de que le ceda la propiedad de su vehículo.

A continuación se mencionan una serie de conductas que son calificadas como abuso de ancianos y adultos dependientes:

  • Causarle dolor corporal.
  • Incurrir en abuso verbal y/o psicológico.
  • Poner en riesgo su seguridad y la vida de forma intencional.
  • No proporcionarle los medicamentos que requiere.
  • Ejecutar una manipulación económica o fraude.

¿Quién es considerado un anciano?

Un anciano es todo aquel individuo que tiene una edad igual o superior a 65 años, los cuales gozan de protección especial por parte de la ley al ser considerados personas vulnerables.

¿Quién es considerado un adulto dependiente?

Es todo individuo cuya edad se encuentre comprendida entre 18 y 64 años que posee determinada incapacidad física o mental que le impide satisfacer sus necesidades por sí mismo y protegerse, situación que lo expone a vulnerabilidad y es la razón por la que el ordenamiento jurídico les brinda un amparo especial.

¿Qué elementos debe probar la fiscalía para imputar a un individuo por la comisión de este delito?

Existe una serie de elementos que debe demostrar la fiscalía con el objeto de que se declare culpable a un individuo por ejecutar un delito de esta naturaleza, cuya imposibilidad de probar la concurrencia de alguno de ellos genera como resultado que el caso sea desestimado.

Ahora bien, en relación con el delito en estudio, dichos elementos van a depender de si se busca demostrar la ejecución de un delito menor o de una felonía.

En el supuesto de tratarse de un delito menor el Fiscal debe probar:

  • Que el acusado de forma intencional o actuando con negligencia grave o criminal, expuso a la víctima a dolor corporal o sufrimiento psicológico irrazonable.
  • Que dichas acciones pusieron en riesgo la salud o la vida de la víctima.
  • Que el acusado tenía conocimiento o debió haberlo tenido que la víctima tenía una edad igual o superior a 65 años.

Ahora bien los elementos señalados hacen mención de varios términos que serán aclarados a continuación:

Intencional: Se refiere a realizar una acto de manera voluntaria a adrede.

Negligencia criminal: Se refiere a un tipo de descuido que sobrepasa o va más allá de un simple descuido ordinario, en el cual un individuo se comporta de una manera insensata que refleja desprecio en relación a la vida de los demás. En concordancia con este elemento cabe destacar que la fiscalía no puede demostrar que hubo negligencia criminal salvo que se logre establecer que el acusado tenía una obligación legal de actuar.

Sufrimiento o dolor irrazonable: Se refiere a que el dolor o sufrimiento ocasionado a la víctima debe ser excesivo o innecesario de acuerdo a la situación.

  • Por otro lado si se busca probar la ejecución de una felonía las acciones de la fiscalía deben estar encaminadas a probar los siguientes elementos constitutivos:
  • Que el acusado de forma intencional o actuando con negligencia grave o criminal, expuso a la víctima a dolor corporal o sufrimiento psicológico irrazonable.
  • Que sus acciones podrían ocasionar lesiones físicas graves o el fallecimiento de la víctima.
  • Que el acusado tenía conocimiento o debía haberlo tenido de que la víctima tenía una edad igual o superior a 65 años.

Aunado a lo anterior debe señalarse que en caso de que se configure un abuso financiero la fiscalía debe probar:

  • Que el acusado ejecutó un ilícito financiero, por ejemplo un robo, malversación o fraude.
  • Que la propiedad objeto del robo pertenecía a un individuo cuya edad era igual o superior a 65 años.
  • Que el acusado se desempeñaba como cuidador de la víctima o sabía que se trataba de un anciano.

¿Cuáles conductas se denominan Abuso de ancianos o adultos dependientes?

  • Abuso físico: Se configura cuando se ocasionan lesiones irrazonables o dolor a la víctima.
  • Abuso emocional: Se da cuando el acusado causa sufrimiento mental a la víctima, valiéndose por ejemplo de gritos, humillaciones o amenazas.
  • Negligencia: Se trata de poner a la víctima en situación de riesgo que atenta contra su vida, salud y seguridad.
  • Explotación financiera: Se refiere a la conducta a través de la cual el acusado se apropia o usa de forma indebida los fondos, propiedades u otros bienes pertenecientes a la víctima.
  • Abandono: Se refiere a la deserción de la víctima por parte de su cuidador.
  • Aislamiento: Es la conducta intencional de evitar que la víctima reciba correos, visitas o llamadas telefónicas.
  • Influencia indebida: Se configura cuando el acusado utiliza una persuasión excesiva en relación a la víctima para convencerlo de que actué de cierta forma o se abstenga de actuar de forma apropiada.
  • Abuso sexual: Se manifiesta a través del empleo de agresiones sexuales o violación en contra de la víctima.

¿Cómo puede iniciarse una investigación de carácter penal por este tipo de delito?

En el Estado de California hay múltiples agencias cuya función es recibir denuncias por abuso de adultos dependientes o ancianos, y procesar los casos en los cuales se admitan dichos cargos. Estas denuncias normalmente son formuladas por oficiales de policía, pero otras son realizadas a través de llamadas telefónicas por familiares, amigos, enfermeras o médicos de la supuesta víctima.

Una vez efectuada la denuncia, los organismos competentes procedan a evaluar el caso con el objeto de decir si será desestimado, se presentarán cargos de manera formal o se designará a algún agente para que investigue el caso.

Entre los factores que se utilizan para determinar cuál agencia debe procesar cada caso en específico se encuentran:

  • El sitio en donde se ejecutó el supuesto abuso.
  • Si el delito cometido puede calificarse como menor o felonía.
  • Qué clase de abuso se alega.

¿Qué indicativos se utilizan para presumir que un anciano o adulto dependiente sufre de abuso?

Hay varios parámetros que permiten presumir que una persona es víctima de un delito de este tipo, dentro de los cuales pueden mencionarse:

Indicativos de abuso físico:

  • Desnutrición.
  • Escaras
  • Deshidratación.
  • Lesiones físicas o sensibilidad cuando se toca a la víctima.
  • Moretones, marcas en la piel y dientes o huesos rotos.

Indicativos de abuso financiero

  • Operaciones financieras o bancarias sospechosas.
  • Dinero faltante en cuentas bancarias.
  • Pérdida de posesiones.
  • Cambios en documentos patrimoniales o títulos de propiedad inesperados.

Indicativos en el comportamiento de la víctima

  • Agitación
  • Confusión.
  • Ira.
  • Depresión.
  • Temor de expresarse.
  • Excusas no acordes.

Indicadores en la conducta del familiar o cuidador

  • No permiten que la víctima hable por sí misma.
  • Indiferencia o rencor en contra de la víctima.
  • Exclusión del anciano de actividades sociales.
  • Explicaciones contradictorias con respecto a incidentes que ha sufrido la víctima.
  • Que abusen de sustancias psicotrópicas, alcohol o juegos.

¿Quién está obligado a reportar este tipo de abuso?

Los individuos que tienen contacto directamente con la víctima o sus cuidadores tienen el deber legal de denunciar e informar si los mismos están padeciendo abuso.

A continuación se señalan algunas de las personas que tienen dicha responsabilidad:

  • Los integrantes de la familia que son proveedores accesorios de cuidados de la víctima.
  • Los proveedores que ofrecen atención médica.
  • Los trabajadores sociales.
  • Los agentes de la policía.
  • Los asesores financieros y empleados de entidades financieras.

¿Cuáles castigos pueden dictaminarse para condenar a quien incurra en este ilícito?

Las sanciones aplicables van a depender de si se determina la ejecución de un delito menor o una felonía, para lo cual se estudiarán las circunstancias de hecho que dieron origen al caso y los antecedentes criminales del acusado.

En caso de que la fiscalía presente cargos por la comisión de un delito menor, el Juez puede dictaminar lo siguiente:

  • Régimen de libertad condicional por delitos menores.
  • Privación de libertad por el periodo máximo de un año en una cárcel perteneciente al condado.
  • Pago de una suma de dinero de máximo 6.000 por concepto de multa.
  • Obligación de indemnizar a la víctima.
  • Obligación de asistir a programas de asesoramiento.

Pero si por el contrario se determina la ejecución de una felonía las sanciones que pueden imponerse son:

  • Régimen de libertad condicional por delitos mayores.
  • Privación de libertad por el periodo comprendido entre dos y cuatro años en una cárcel perteneciente al estado.
  • Pago de una suma de máximo 10.000 dólares por concepto de multa.
  • Obligación de indemnizar a la víctima.
  • Obligación de asistir a programas de asesoramiento

Adicionalmente la ley estipula una mejora de condena de hasta siete años más de prisión en caso de que la presunta víctima haya sufrido una lesión física grave como consecuencia del abuso.

¿Ser acusado por este delito afecta los derechos migratorios de un individuo?

Sí, en el escenario de que el condenado sea un inmigrante puede ver afectados sus derechos migratorios, pero solo en el supuesto de que sea castigado por cometer un abuso que involucre depravación moral, lo cual podría acarrear que sea deportado o declarado inadmisible en el territorio de los Estados Unidos.

En esta situación no importa si el condenado alega que tiene hijos menores nacidos en el país o posee propiedades en dicho territorio, además dicha sanción puede imponerse independiente de que su estatus migratorio sea legal o legal en el País.

¿Una condena de este tipo afecta los derechos de armas de un individuo?

Sí, pero únicamente en caso de que la sentencia condenatoria se desprenda de la ejecución de una felonía por abuso de ancianos o adultos dependientes, en cuyo supuesto el acusado verá limitados sus derechos de poseer y adquirir armas de fuego.

¿Un individuo condenado por este delito puede solicitar una anulación de antecedentes penales?

Sí, pero únicamente si el individuo ha sido declarado como culpable de ejecutar un delito menor, dado que esta opción no está disponible para quienes han sido castigados por llevar a cabo una felonía.

En relación a estos se debe aclarar que las personas que han sido condenadas por cometer una felonía y han tenido que cumplir pena de prisión en una cárcel del Estado no pueden optar por este beneficio.

Además dicho beneficio debe ser solicitado por el condenado mediante la presentación de una solicitud por escrito ante la corte, puesto que una anulación no se inicia automáticamente de oficio, y debe cumplir los siguientes requerimientos:

  • Haber finalizado con éxito el régimen de libertad condicional dictaminado
  • Haber culminado con éxito la pena privativa de libertad impuesta.

¿Una víctima de abuso de ancianos o adultos dependientes puede presentar una demanda civil?

Si, dicha situación está regulada por la sección 15600 del Código de Instituciones y Bienestar Social de California, que establece que en caso de abuso puede demandar:

  • Toda persona cuya edad sea igual o superior a sesenta y cinco años.
  • Todo adulto dependiente cuya edad esté comprendida entre dieciocho y sesenta y cinco años.

Además para que una persona pueda interponer una demanda civil, se requiere que el acusado tenga que haber tenido bajo su cargo el cuidado de la víctima. Y en caso de ser procedente la misma y tener éxito se puede obtener:

  • El pago de daños compensatorios
  • Pago de daños punitivos.

¿Cuáles delitos guardan similitud con este?

Existen varios delitos que se relacionan con este debido a la similitud que existe entre sus elementos constitutivos dentro de los cuales están:

  • Agresión
  • Amenazas Criminales
  • Violación

Agresión:

Es un delito consagrado en el apartado 242 del Código Penal, el cual establece que incurre en este delito toda persona que emplee intencionalmente la fuerza o violencia física en contra de otra. Puede configurarse este delito independientemente de que no se ocasione dolor o lesiones corporales a la víctima.

En el supuesto de que la agresión se lleve a cabo en contra de una persona cuya edad sea igual o superior a 65 años o contra un adulto dependiente se calificará la ejecución de un Abuso de Ancianos o adulto dependiente.

Amenazas criminales:

Es una conducta delictiva consagrada en la sección 422 PC, que ocurre cuando el acusado amenazó a la víctima con ocasionar algún daño físico o provocarle la muerte, lo cual le genera, temor dado que la amenaza es inequívoca y fue comunicada de manera oral, escrita o a través de un dispositivo electrónico.

Violación:

Es un delito estipulado en la sección 261 PC, el cual señala que una persona incurre en el mismo cuando lleva a cabo relaciones sexuales forzadas con otra valiéndose del uso de la fuerza, amenazas o engaños.

¿Cuáles son las defensas legales disponibles para casos de abuso de ancianos?

Existen varias estrategias de defensa que pueden ser utilizadas por una persona acusada por cometer este delito para desvirtuar dichas acusaciones, no obstante se debe tener en cuenta que cada caso en específico requiere un estudio minucioso que sea llevado a cabo por un experto en leyes penales, dado que no todos los alegatos de defensa se acoplan de forma idónea a cada situación, y este debe encargarse de recolectar los medios probatorios suficientes que sustenten la estrategia que se va a emplear con el objeto de obtener un dictamen a favor por parte del Juez.

Aunado a esto a continuación se hace mención de los alegatos más usados para establecer las defensas de estos casos:

  • El acusado no actuó intencionalmente
  • El acusado fue acusado falsamente.
  • El acusado fue identificado erróneamente.
  • Las pruebas son insuficientes.

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Infligir abuso físico, mental, financiero o de otra índole en contra de una persona cuya edad sea igual o superior a sesenta y cinco años o en contra de una persona cuya edad esté comprendida entre dieciocho y sesenta y cuatro años que posea alguna discapacidad mental o física que le impida satisfacer sus necesidades vitales por sí sola, es considerado como un delito en el Estado de California que se encuentra regulado en el código penal, el cual establece que el mismo puede ser calificado como un delito menor o felonía y por ende acarrea la imposición de diversas sanciones como lo son la privación de libertad del condenado en una cárcel del condado o del estado , el pago de onerosas multas, pago de indemnizaciones, la posibilidad de ser deportado del país en caso de incurrir en vileza moral, la prohibición de portar y comprar armas de fuego si es condenado por una felonía, y además es probable que deba enfrentar adicionalmente demandas civiles.

Esto se debe al hecho de que la legislación reconoce a las mencionadas personas como vulnerables, dado que las mismas son blanco fácil para ser víctima de maltrato y abuso por parte de sus cuidadores y familiares, y esto conduce a la ley a brindarles protección especial.

Si usted o una persona cercana fue acusado en Los Angeles, CA por Abuso de Ancianos y Adultos Dependientes, es de vital importancia que acuda ante el bufete LA Criminal Defense Attorney o llame a la línea telefónica 310-933-9439 para apartar su cita con un abogado capacitado en leyes penales, que se encargue de estudiar su caso y representarlo en cada etapa del proceso con el objeto proteger sus derechos, su libertad y obtener la aplicación de sanciones menos severas e inclusive la absolución de los cargos presentados en su contra.