Suministrar falsa información para obtener un beneficio de un programa de asistencia pública, al cual el solicitante no posee derecho legal, constituye un crimen de acuerdo con la legislación de California, que se castiga con penas de cárcel y costosas multas. El artículo 10980 del Código de Bienestar e Instituciones de este Estado dispone que existen básicamente dos clases de fraudes contra beneficios de la asistencia pública, que son el fraude interno y aquel fraude que comete el beneficiario, aunque el fraude que cometen los beneficiarios es la manera usual en la que este delito se comete.

Para que este hecho ilícito se entienda ejecutado, se requiere que el solicitante haya suministrado informaciones falsas o que estén incompletas, con la finalidad de obtener alguna clase de beneficios, que se traducen en asistencia médica o cupones para alimentos, sin tener derecho legítimo a ello.

Solicitar la ayuda legal que se necesita

Las sanciones por cometer esta clase de crímenes son muy severas, con consecuencias que pueden afectar gravemente su futuro, de manera que si usted o un familiar enfrenta en este momento una acusación en Los Angeles de Fraude a un Programa de Asistencia Pública, nosotros podemos brindarle la asistencia jurídica que necesita, porque en LA Criminal Defense Attorney contamos con abogados profesionales especializados en esta clase de hechos punibles, que podrán ayudarle a impugnar esta clase de acusaciones, para que las mismas sean disminuidas, e incluso desestimadas, en función de las características concretas de su caso, pero ¡debe ponerse en contacto con nosotros ya!

¿Cómo está regulado este hecho punible en California?

Según la subsección (a) del artículo 10980 antes referido, un individuo que de forma deliberada, esto es, teniendo conocimiento, con el propósito de engañar: i) hace declaraciones que no son ciertas o ejecuta una representación falsa, ii) no informe sobre determinados hechos materiales, para lograr obtener ayudas de las que están establecidas en el Código de Bienestar, o que, iii) con conocimiento de que no posee un derecho legítimo para ello, trata de conseguir algún tipo de ayuda, o iv) seguir recibiendola, a pesar de no tener derecho a ella, o para recibir una suma mayor a aquella cantidad que si tiene derecho legal de recibir, será considerado responsable de este hecho ilícito.

¿Qué es un programa para la asistencia pública?

Se trata de programas que se destinan para brindar ayudas a individuos que no poseen recursos económicos suficientes o que están desempleados, subempleados o que requieren de ayudas de carácter específico para poder seguir subsistiendo.

Entre los programas de esta clase de ayuda que se brindan en California, se encuentran los que mencionamos a continuación:

  • CalWorks. Se trata del más importante de estos programas en este Estado. Lo que hace es ofrecer ayudas concretas para atención de tipo médico a grupos familiares necesitados, o un servicio público, vestido y calzado, alimentos o vivienda.

  • CalFresh. Concede cupones electrónicos para alimentos con carácter mensual.

  • GAIN. Se trata de un programa complementario al CalWorks, con el que se auxilia a los individuos a encontrar trabajo o a mantener el que poseen, también les brinda asistencia para encontrar empleos con mayor salario.

  • GA/GR. Es una ayuda a adultos en estado de necesidad, que no tienen otra clase de apoyo económico o no gozan de otro tipo de beneficio público en este Estado.

  • Medi-Cal. Este es un programa estatal, también conocido como Medicaid, que da cobertura médica y asegura a aquellos individuos californianos que no poseen los ingresos suficientes para proveer a sus necesidades clínicas. Ahora bien, aunque es calificado como un beneficio público que brinda la asistencia social, la defraudación cometida contra el Medi-Cal es procesado de manera independiente, con relación a otras maneras de fraude cometido contra otros programas para la asistencia.

En relación con el CalWORKs y el CalFresh, la mayor parte de las ayudas hoy son distribuidas de forma electrónica. Esta clase de beneficios económicos se encuentran vinculados a una cuenta que se maneja gracias a tarjetas llamadas EBT, a las que se hacen las transferencias electrónicas de las ayudas, cuyo beneficiario utiliza de forma parecida a las tarjetas bancarias de débito. A día de hoy los cupones y los cheques físicos son cosa del pasado.

¿Cómo se comete esta clase de fraudes?

Cometer defraudación contra un programa de bienestar tiene lugar cuando los individuos hacen declaraciones que contienen falsedades, o no brindan datos importantes, cuando hacen la solicitud correspondiente para esta clase de programas de ayudas públicas, con el fin de obtener un beneficio al que de otro modo no tendría derecho.

Entonces, este hecho ilícito se comete cuando se suministra de forma incorrecta información de manera deliberada, o cuando no se proporciona información que sea relevante, con el propósito de incrementar, mantener o lograr beneficios sociales a los que un sujeto no tiene derecho legítimo. También se comete este hecho punible cuando se solicita alguno de los beneficios de asistencia social utilizando varios nombres o presentando varias solicitudes, con el objetivo de adquirir varios beneficios. Finalmente este crimen se entiende ejecutado igualmente cuando un sujeto usa, transfiere, adquiere, compra, vende, posee, altera o falsifica una autorización para recibir los cupones electrónicos para alimentos, o cupones físicos para alimentos.

Ahora bien, al inicio de este artículo hemos dicho que puede cometerse en dos direcciones distintas, las cuales vamos a explicar:

  • Fraude Interno

Es el que se comete por uno de los empleados en una agencia u oficina para la asistencia social, autorizando el desembolso de beneficios fraudulentos a favor de individuos, teniendo conocimiento de que esos sujetos no califican para recibir esa clase de ayudas.

Este podría ser el caso de un trabajador de elegibilidad del Departamento de Servicios Sociales Públicos de Los Ángeles, que se dedica a crear casos ficticios que requieren de asistencia social para sus amigos y familiares, o establecer pagos para niños no elegibles o inexistentes.

  • Fraude por el beneficiario

Se trata de la forma más común en que se comete este hecho punible. En este caso, el propio solicitante consigna información que es falsa, no fidedigna o incompleta, con el propósito de conseguir una ayuda social o que se incremente la ayuda que ya recibe.

Constituyen ejemplos de esta clase de conductas ilícitas:

  • Brindar de forma deliberada falsa información o no proporcionar datos que sean relevantes, con el objetivo de lograr obtener, conservar o incrementar un beneficio al que no se tiene derecho legal. Puede ser falsear sus ingresos, no informar sobre la tenencia de bienes, sobre el estado civil o su estatus laboral, entre otros.

  • Hacer uso, alterar, falsificar, comprar, adquirir, poseer, vender o transferir una autorización que permite a un sujeto obtener cupones para alimentos.

  • Consignar varias solicitudes para pedir ayudas, con el propósito de lograr obtener varios beneficios ilegalmente.

  • Introducir solicitudes de beneficios utilizando varios nombres, con el objetivo de adquirir múltiples beneficios, sin tener derecho a ello.

En este sentido, si uno de los padres de un niño hace una solicitud para recibir esta clase de beneficios, alegando ser padre soltero, mientras que el otro progenitor del niño vive realmente en el hogar, o un individuo no informa sobre sus ingresos adicionales u otros beneficios, o consiga una solicitud de beneficios para un niño que no vive en el hogar, o presenta una solicitud por hijos que no existen o que no son elegibles, o adquiere ingresos de beneficencia en otro Estado, además de los que percibe en California, serán considerados responsables de este hecho ilícito.

¿Cómo se investigan esta clase de fraudes?

Las oficinas fiscales de California pueden recibir las denuncias de sospechas sobre esta clase de fraudes a las oficinas de asistencia social de múltiples fuentes. Es común que las oficinas fiscales de los distritos locales, lo cual incluye al fiscal de distrito de Los Ángeles, posean unas oficinas especiales cuya labor es enjuiciar esta clase de hechos punibles.

Las denuncias por sospechas de fraudes de asistencia social pueden provenir:

  • De una línea directa o de un sitio web públicos que se usan para denunciar la defraudación a la asistencia social, que esos mismos organismos han implementado,

  • De una oficina local de los departamentos que administran los servicios sociales, encargadas de la supervisión del desembolso de estos beneficios,

  • Denuncias que se reciben por medio de líneas telefónicas directas de denuncia pública en todo el estado, y

  • Denuncias que provengan de otra oficina pública que sospeche un posible fraude a la asistencia social.

Estas investigaciones se inician con un contacto a los beneficiarios sospechosos, para hacerles preguntas con relación a los beneficios o ayudas que se encuentran recibiendo en la actualidad y sobre los datos que proporcionaron al momento de hacer su solicitud. Los que investigan también pueden ponerse en contacto con compañeros de empleo, amigos, empleadores, vecinos o familiares, para lograr obtener información o datos adicionales que puedan ser útiles para demostrar o negar las denuncias de fraude. Para ello, revisarán también su solicitud para obtener el beneficio y la forma en que ha evolucionado la obtención de ingresos del beneficiario.

En este escenario, una visita domiciliaria no anunciada o una entrevista llevada a cabo con un testigo a menudo revela hechos ilegales adicionales, como un abuso o negligencia infantil, maltrato a ancianos, violencia doméstica o pruebas de la ejecución de crímenes de drogas. En estos casos, deberán actuar también otras oficinas públicas, como bienestar infantil, protección para ancianos, las que proveen del servicio para apoyar a las familias, así como otra autoridad relevante, debido a las características de los hechos constatados.

Cuando el investigador logra recopilar todos los datos relevantes, presentará sus conclusiones a la Fiscalía, quien las analizarán para establecer si resulta apropiado formular cargos. En caso de que la Fiscalía concluya que se justifica la formulación de una acusación, presentará los cargos correspondientes, pero si la evidencia recolectada no es considerada suficiente, la Fiscalía podrá tomar una cualquiera de las siguientes decisiones:

  • Restituir el caso a la oficina que inició las investigaciones, para que procedan a reunir mayores datos y evidencias.

  • Determinar que no hay evidencias suficientes sobre irregularidades y sencillamente rechaza el caso, o

  • Remitir el asunto a un programa para el desvío de fraudes a la asistencia social, para ordenar una restitución del dinero, en lugar de formular cargos penales.

Es muy importante dar a conocer que aquellos sujetos que sean encontrados culpables por esta clase de fraudes, no solamente enfrentarán acusaciones por fraude a la asistencia social, sino que es posible que tengan que hacer frente a cargos adicionales que se consideran relacionados con estos hechos ilícitos, y si se trata de fraude de tipo interno, el acusado también tendrá que enfrentar cargos por malversación de fondos, de acuerdo con lo previsto en el Código Penal, cuyo artículo 503 tipifica este hecho punible como aquel que comete un empleado cuando utiliza de manera ilegal un dinero o propiedades que le han sido confiadas a su administración.

Esto significa que si el procesado es un trabajador de servicios sociales que ayuda a controlar cómo se distribuyen los beneficios de asistencia social, o si sabe cómo eludir algunos de los procedimientos que de otro modo sería necesario cumplir antes de que se autoricen los beneficios, y se apropia indebidamente de esos beneficios, se enfrenta a tres años en la prisión estatal de California. Y si malversa más de $65.000,00 enfrenta una sentencia adicional y consecutiva de prisión que podría ser hasta los cuatro años.

¿Cuáles son las penas que se imponen en una sentencia de condena por este tipo de fraudes?

En primer lugar, debemos informar que un fraude contra los programas de beneficios por asistencia social normalmente es un “wobbler”, de manera que queda a elección de la Fiscalía procesarlo como delito menor o como felonía, dependiendo de las características en las que ocurrieron los hechos y de que el procesado tenga antecedentes penales. También las sanciones van a depender de la clase de conducta que haya ejecutado el acusado.

No obstante, si el acusado se declara culpable de hacer declaraciones falsas o engañosas, será procesado por delito menor que se castiga con las siguientes penalidades:

  • Pena de cárcel en una prisión del condado hasta por un máximo de seis meses, y/o

  • Multa cuya cantidad máxima es de $500,00.

En caso de que la acusación sea por presentar solicitudes de tipo fraudulento, relacionadas con haber consignado varias solicitudes a nombre del mismo individuo o que se solicitó una ayuda para un sujeto ficticio, o empleando una falsa identidad, se considera un “wobbler”,

Si la Fiscalía decide procesarlo como una felonía, las penas que se imponen son:

  • Prisión en una cárcel del condado que puede llegar hasta un máximo de 3 años, y/o

  • Multas cuya cantidad máxima es de $5.000,00.

Pero si es juzgado como delito menor se castiga con:

  • Pena de cárcel hasta por el máximo de 1 año, y/o

  • Multas cuyo monto máximo es de $1.000,00.

Obtener o retener beneficios es una conducta que se considera igualmente un “wobbler”. Ahora bien, el monto defraudado es igual o inferior a $ 950,00, será procesado como delito menor, lo que conduce a la aplicación de las siguientes sanciones:

  • Pena de cárcel hasta por el máximo de seis meses, y/o

  • Multas cuyo monto máximo es de $500,00.

Sin embargo, si la ayuda obtenida ilegítimamente supera los $ 950,00, el acusado será juzgado por una felonía que se castiga con:

  • Pena de cárcel en una prisión del condado que puede llegar hasta un máximo de 3 años, y/o

  • Multas cuya cantidad máxima es de $5.000,00.

Cuando la conducta ejecutada por el acusado se relaciona con cupones de alimentos, las sanciones van a depender de las actividades realizadas, por ejemplo, si se trató de tráfico con autorizaciones sin nombre específico o en blanco, empleadas por individuos no autorizados para tomar parte en un programa sobre cupones para obtener alimentos, se formularán cargos por una felonía, que se castiga con:

  • Pena de cárcel en una prisión del condado que puede llegar hasta un máximo de tres años, y/o

  • Multas cuya cantidad máxima es de $5.000,00.

No obstante, se considera un “wobbler” que el acusado posea, compre, venda, transfiera o use cupones de alimentos, bien sea físicos o electrónicos, de manera que la calificación del delito va a depender del monto defraudado. Si fue por una cantidad igual o inferior a $ 950,00, se considera delito menor, que se castiga con:

  • Pena de cárcel en una prisión del condado hasta por un máximo de 6 meses, y/o

  • Multa cuya cantidad máxima es de $500,00.

Pero, si la cantidad defraudada es superior a los $ 950, será calificado como felonía y se castiga con:

  • Pena de cárcel en una prisión del condado que puede llegar hasta un máximo de 3 años, y/o

  • Multa cuya cantidad máxima es de $5.000,00.

Hay que advertir que el acusado podrá enfrentarse a castigos adicionales y consecutivos, en caso de que sea condenado por un fraude contra los beneficios de asistencia social y en su actividad estuvo involucrada una transferencia de tipo electrónico, dependiendo del monto defraudado, que será de:

  • 1 año de encarcelamiento si la transferencia de beneficios exceden los $ 50.000,00

  • 2 años si la transferencia supera los $ 150.000,00

  • 3 años si la transferencia excede $ 1.000.000,00 y

  • 4 años si la transferencia supera los $2.500.000,00.

¿Se pueden sufrir otras consecuencias por una sentencia de condena por este tipo de crímenes?

Si. Junto con las penalizaciones que hemos mencionado antes, esta condena suele tener otras consecuencias, entre las cuales se encuentra, no sólo el hecho de poseer antecedentes criminales, lo cual va a limitar mucho las opciones de un procesado para encontrar empleo en el futuro, obtener un crédito bancario, acceder a instituciones educativas o alquilar una vivienda, sino que la existencia de estos antecedentes puede impedir que el procesado pueda obtener una licencia profesional para ejercer actividades como el derecho, la odontología, la educación o la medicina, entre otros.

Por otra parte, si posee una licencia estatal para ejercer una profesión al momento de ser condenado, es posible que corra el riesgo de que la misma le sea revocada, ya que los gremios o colegios profesionales exigen a sus miembros abstenerse de involucrarse en actividades de tipo delictivo.

Otra consecuencia que puede tener efectos catastróficos en caso de que el acusado no sea ciudadano de los EEUU, es que esta clase de fraudes se califican como crímenes de vileza moral, por lo que el condenado podría ser sometido a un procedimiento de deportación o ser declarado directamente inadmisible, aunque su situación migratoria en este país sea legal.

Y, por supuesto, el condenado quedará automáticamente inhabilitado para poder recibir ayudas o beneficios de la asistencia social con posterioridad.

¿Es posible lograr que se haga una restitución del dinero defraudado en vez de tener que enfrentar una acusación penal?

Sí. Pero esta posibilidad dependerá de las características que han rodeado los hechos. Existen condados como San Francisco, Fresno o San Diego, que ofrecen programas para el desvío de los fraudes a los programas de bienestar social que varían mucho entre sí. Sin embargo, de manera general, es posible que un acusado (a) que no posea antecedentes penales o que sean mínimos, y (b) que la cantidad defraudada no haya sido exagerada, tenga la posibilidad de evadir los cargos criminales, mediante la devolución de la cantidad defraudada, con lo cual los cargos serán desestimados.

¿Cuáles son los delitos relacionados con el fraude a la asistencia social?

  • Hurto mayor – 487 PC.

  • Falsificación – 470 PC.

  • Perjurio – 119 PC.

  • Conspiración – 182 PC

¿Qué líneas defensivas se pueden utilizar frente a un cargo de esta naturaleza?

Ciertamente, para toda clase de fraudes existen argumentos de defensa, pero debemos recordarle que cada caso es particular y que debe ser un abogado criminalista especializado el que debe elegir el que sea más conveniente, en función del estudio que haya hecho de las condiciones en las que se sucedieron los hechos de los que es acusado su defendido. Sin embargo, entre las estrategias de defensa que más se usan en esta clase de acusaciones, se encuentran:

  • El procesado no tuvo la intención de defraudar.

  • Las evidencias son insuficientes.

  • La acusación es falsa.

  • El acusado fue identificado erróneamente.

Conseguir la asistencia legal del abogado en fraudes contra programas de asistencia pública

Como habrá podido concluir de la lectura de este artículo, las consecuencias de un cargo de esta naturaleza en Los Angeles pueden ser nefastas para su diario vivir y para su futuro, de manera que si se le ha acusado de cometer un fraude a un programa para la asistencia pública, necesita los servicios profesionales que podemos brindarle en LA Criminal Defense Attorney, ya que nuestros abogados son especialistas en este tipo de crímenes y estarán en capacidad de hacer un análisis conveniente de los hechos que se le imputan, encontrando los argumentos de defensa adecuados para mejorar su situación legal, con una disminución de los cargos o incluso, con la desestimación de los mismos.

¡Podemos darle la ayuda legal que usted necesita! No dude en comunicarse con nosotros al número 310-933-9439 y obtenga el derecho a una primera cita gratuita con nuestros especialistas, quienes le ayudarán con mucho gusto a despejar sus dudas.