Cuando hablamos de robo de auto, inmediatamente nos hacemos la idea del escenario donde aparece una persona con arma de fuego y bajo amenaza, hace que un individuo entregue su auto, tal y como se ve en muchas películas, lo cual sí, en la vida real es común que suceda, sin embargo, existen otras formas en las que se puede presentar la ocurrencia de este delito.

La comisión de este delito es muy frecuente en EE.UU y su ocurrencia normalmente va acompañada de otros delitos que complican más el caso en concreto. Básicamente este delito consiste en despojar un vehículo de su poseedor valiéndose de la fuerza o amenazas, independientemente de que el conductor del vehículo automotor sea propietario o no de este.

¿Está siendo acusado por este delito y busca asesoría legal en CA?

Ningún ser humano en el mundo quiere pasar tiempo en prisión, y por ello, si usted enfrenta cargos de este tipo es normal que tema ser declarado culpable. Un abogado de robo de auto en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney puede brindarle una asesoría legal adecuada y representarlo durante todo el proceso. Por más que su caso aparente no tener una defensa fácil y que todas las pruebas están en su contra, le sorprendería saber que usualmente las evidencias podrían debilitarse e incluso desecharse legalmente del caso.

Buscar un abogado a tiempo es lo más aconsejable, sobre todo considerando que por la comisión de este delito una persona podría enfrentar consecuencias legales realmente severas en aplicación de la Sección 215 del Código Penal de California, el cual impone por este hecho punible un tiempo en prisión considerable, pero ¿de cuánto tiempo estamos hablando? A continuación, se lo explicamos con mayor detalle.

Estas son las sanciones que usted puede enfrentar por robar un auto

El robo de auto no es un cargo que pueda tomarse a la ligera, sobre todo porque sus sanciones son por mucho severas. De ser acusado por este delito, su sentencia podrá expresar una o varias de las siguientes penas:

  • Privativa de libertad en prisión estatal por un tiempo desde 3 y hasta 9 años,
  • 1 año en prisión del condado y Libertad condicional y/o
  • Multa cuantiosa por un valor de $10.000

Es importante acotar que, las sanciones descritas se imponen por cada víctima presente en el robo, por lo que la condena final podría aumentar dependiendo del número de víctimas del incidente.

De igual manera, existen circunstancias que podrían conllevar a la aplicación de sanciones adicionales y cuyo cumplimiento debe ser consecutivo con la pena inicial. Estas circunstancias son:

Se produjo una lesión corporal grave

Si la víctima sufre lesiones corporales consideradas como graves a consecuencia del delito, el acusado deberá enfrentar una condena de 3 a 6 años de prisión.

 La conducta estuvo relacionada con pandillas callejeras criminales

Cuando el delito es cometido bajo la dirección de un grupo de personas asociadas para delinquir la condena en prisión puede aumentar de 15 años a cadena perpetua.

 La Ley de California 10-20-de por vida

Esta ley atribuye sanciones si el delito se cometió valiéndose de un arma de fuego, cualquiera que esta sea y según esté involucrada en el hecho punible:

  • Si el arma solo se usó para amenazar; la pena de prisión sería de 10 años
  • Si el arma además se disparó; la pena de prisión sería de 20 años
  • Si el arma hirió o causó la muerte de un individuo entonces la pena de prisión sería de 25 años a cadena perpetua.

Cabe aclarar que las anteriores, son condenas que se aplican de forma adicional y consecutiva a la sentencia originaria de robo de vehículo.

Otra consecuencia legal aplicable en el caso de este delito es la Ley de los Tres Delitos y Fuera también llamada “Ley de Reincidencia”.

¿De qué se trata esta Ley?

La ley de Reincidencia atribuye un “strike” a las sentencias impuestas por delitos graves, como lo es el delito al que nos referimos en este artículo. Esto puede influir negativamente dependiendo de la situación en que se encuentre el acusado:

  • Si es su primer “strike” simplemente las sanciones serán más severas si reincide en un delito grave a futuro,
  • Pero si por el contrario, este es su segundo “strike” la pena de prisión impuesta por el delito cometido aumentará el doble de lo establecido en la ley para ese hecho punible,
  • Y si se trata de un tercer “strike” la condena mínima obligatoria es de 25 años a cadena perpetua de prisión estatal.

En efecto, como lo mencionamos inicialmente, las sanciones que se imponen a este delito en particular, son bastante rigurosas.

Dicho esto, y habiendo explicado las sanciones que se imponen, seguramente se estará preguntando ¿Cómo determino si mi conducta encaja en este delito? Para ello debemos pasar a entender qué implica el delito en sí. 

¿Qué implica cometer el robo de un auto?

Según se desprende de la sección 215 del Código Penal de California este delito también conocido como “carjacking” en inglés, implica que una persona, valiéndose de la fuerza física o amenazas de infligir, despoja a otra del vehículo automotor que estaba en su poder.

De manera que, este delito requiere los siguientes elementos:

  • Tomar un automóvil de la presencia inmediata de la persona
  • Y que la persona para lograr tal fin se haga valer de fuerza física o la amenaza de emplearla.

Al respecto de lo anterior, vale mencionar que para que se entienda que se trata de robo, el vehículo debe estar en posesión de la víctima, y a su vez no es relevante la titularidad que esta ejerza sobre el auto en cuestión, es decir, no importa si es propietario o un simple conductor del vehículo.

Dicho lo anterior, un escenario que podría acarrear cargos a razón de este delito es la ocasión de un individuo que observa cautelosamente la llegada de una joven a su residencia, aprovecha que el portón eléctrico aún no está totalmente abierto, se acerca y toca la ventana del conductor con un arma de fuego, la chica se intimida, baja la ventana y este le dice que se baje del auto, ella accede bajo temor y este finalmente se lleva el vehículo automotor.

¿Qué evidencia debe presentar el Fiscal en mi contra para resultar condenado?

Si usted está bajo investigación por un cargo de este tipo, el Fiscal deberá demostrar la coexistencia de estos elementos:

  • Que la víctima poseía el vehículo automotor;
  • Que usted despojó a la víctima del vehículo en su presencia inmediata;
  • Que infligió fuerza física o amenaza de ocasionar un daño para lograr su fin
  • Y que precisamente el fin del hecho sea quitarle a la víctima el vehículo automotor de manera temporal o permanente.

Cabe destacar que, para que se tenga cometido el delito se requiere la coexistencia de todos los elementos anteriores, de lo contrario, si faltare uno o varios de estos, el acusado no podría ser hallado culpable por este hecho punible en específico.

De igual forma, resulta necesario precisar los detalles específicos de cada uno de los elementos aquí mencionados, es por ello que, dedicamos un espacio en este artículo a fin de que usted obtenga información precisa respecto de los elementos que se indicaron:

Posesión del Vehículo automotor

El término “posesión” implica una cosa que alguien posee, a su vez “poseer” significa tener algo en su poder.

Bajo la definición de esos dos términos, cuando legalmente se habla de la posesión no implica necesariamente que la persona que posee sea directamente el propietario del vehículo, sino que sea quien lo está usando. De manera que “poseedor” puede ser el individuo que alquiló el auto, quien lo pidió prestado a un familiar o amigo, su propietario, o cualquier otra persona que en el momento del robo tenía bajo su poder el auto.

Dicho lo anterior, la comisión del delito en sí requiere que el vehículo, en el momento del robo, esté en poder de una persona.

Presencia Inmediata

Cuando se habla de “presencia inmediata” se describe la situación en que la persona que posee o está en poder del vehículo automotor, tiene alcance o ejerce control sobre este, ya sea porque se encontraba cerca del vehículo, lo estaba vigilando, estaba posado sobre este, o lo conducía, justo en el instante en que se llevó a cabo el robo. 

Es importante aclarar que, la persona que posee el vehículo no necesariamente debe estar en el lugar donde se encontraba el vehículo, pero sí debe tener alcance o control sobre este, lo que implica que debe estar cerca de ese lugar, de manera que, pudiera impedir el robo si no fuera por la fuerza física o la amenaza de ser agredido o lesionado.

Un ejemplo de lo descrito anteriormente es el escenario donde un hombre, que tiene aparcado su auto en el estacionamiento del edificio donde se encuentra su lugar de trabajo, vigila constantemente su vehículo desde la ventana de la oficina, y nota que un sujeto intenta abrirlo, por lo que baja del edificio de forma desesperada para acercarse a dicho individuo y evitar el robo, pero cuando se acerca al delincuente este, valiéndose de un arma, lo amenaza con quitarle la vida y finalmente no logra impedir el hurto.

En el ejemplo anterior, dicha persona dejó estacionado su vehículo temporalmente, pero aun así se encontraba cerca de este y ejercía un control.

Despojar el vehículo de su poseedor

Por su parte, el elemento en sí requiere que el actor de tal hecho haya despojado a una persona del vehículo que poseía en su presencia inmediata. De manera que, habiendo explicado lo que constituye la “presencia inmediata” vale explicar ahora lo que implica el despojo.

“Despojar” significa quitar o privar a una persona de una cosa, en el caso específico de este delito, de un vehículo.

En ese sentido, el despojo implica que el autor del hecho punible tome la posesión del auto, pero además que dicha acción se ejecute sin el consentimiento libre de quien tenía la posesión.

Fuerza física o temor de que ésta sea empleada

La fuerza y el temor son términos que en CA se emplean indistintamente, ya que, según el criterio legal utilizado en ese estado, el temor si es el miedo de que se nos pueda ocasionar un daño, este es provocado por una amenaza, la cual es una forma de emplear fuerza.

En ese sentido, una persona que accede a entregar las llaves de su vehículo, a bajarse de este, o a que se lo quiten, afectada por el miedo de una amenaza a su integridad física, no es capaz de hacerlo de forma libre y voluntaria.

Ahora bien, existen casos muy específicos donde el actor del crimen roba el auto con un individuo dentro de este, bien sea un bebe, un niño dormido, una persona inconsciente, o cualquier otro escenario similar, de ser el caso, no requiere que la víctima esté consciente del uso de la fuerza para ser acusado de este cargo.

Intención de quitar el vehículo de forma temporal o permanente

La intención es el fin que buscaba obtener el autor con el hecho punible, este no es otro que despojar al poseedor de su vehículo, y nada tiene que ver con el propósito para el cual será destinado el vehículo robado: venderlo, hurtar las pertenencias que se encuentren dentro de este, efectuar un secuestro, o cualquier otro hecho similar.

En todo caso, el uso ilegal para el cual será destinado el vehículo posiblemente conlleve a la comisión de otros delitos y por ende la investigación daría lugar a otros cargos.

¿Si soy el propietario del auto y acudo a estas acciones para recuperarlo puedo ser igualmente acusado?

Sí, y aunque ello le parezca injusto, le explicamos que la justicia por mano propia no es una situación legalmente permitida y mucho menos aun haciendo uso de la fuerza física o el temor.

Además, el hecho punible al que nos referimos se tiene como un delito contra la posesión y no contra la propiedad. Esto significa que, como lo referimos en líneas anteriores, para que la persona sea considerada víctima no requiere ser propietario, basta con que sea simple poseedor independientemente de si su posesión sea legal o ilegal.

En consecuencia de lo anterior, si usted acude a la fuerza o amenazas para recuperar el auto que le fue despojado, aun cuando sea el propietario de este, y que el poseedor no sea legítimo, es posible que pueda ser acusado a razón de este delito.

Sin embargo no se preocupe, existen estrategias de defensa que pueden ayudarle a afrontar este cargo sea cual sea su situación.

¿Cómo puedo defenderme si estoy siendo acusado?

En primer lugar, la mejor defensa que puede emplear es buscar asesoría legal temprana. Por lo general, los casos se complican durante el proceso investigativo cuando la persona no está representada legalmente desde el inicio de la acusación. Por ello es importante que contacte cuanto antes un abogado especializado en este delito que pueda evaluar su caso y determinar, según sus detalles, qué estrategias de defensa se adecuan a este para ser aplicadas.

En lo siguiente explicaremos a detalle las estrategias de defensa más comúnmente utilizadas cuando se enfrentan delitos de esta índole:

En el incidente usted no empleó fuerza física o temor

Como lo explicamos con anterioridad, es necesario que se tengan satisfechos cada uno de los elementos requeridos según la ley para la comisión de este delito, de lo contrario la persona puede o no ser acusada de cometer otros delitos menos graves, pero en sí no puede ser hallado culpable por robo de autos.

Ahora bien, uno de estos elementos es la presencia del uso de fuerza o el temor contra la víctima para materializar el robo del vehículo que, de no haber sido empleada, o de no existir prueba que evidencie dicha acción, su abogado de robo de autos podrá emplear esta defensa y lograr que sus cargos sean disminuidos a delitos menores, en cuyo caso le ahorraría tiempo en prisión, o incluso, si no hay lugar a otros delitos, que su caso sea desestimado.

Hubo consentimiento del poseedor para que usted tomara el vehículo

De igual manera en la que ocurre con la defensa anterior, la presente defensa consiste en argumentar la inexistencia de un elemento necesario para que pueda constituirse el delito, este es la falta de voluntad del poseedor para despojarlo del vehículo.

De manera que, bajo esta defensa su abogado en leyes criminales podrá alegar que usted tenía el consentimiento por parte del poseedor del vehículo para tomarlo, en cuyo caso el hecho no calificaría robo, por lo que, al no existir la falta de voluntad del poseedor para tomar el auto, su caso no calificaría como robo y consecuencialmente los cargos a razón de este delito serían desestimados.

Un testigo lo identificó erróneamente

Aunque suene rebuscada esta defensa, más común de lo que usted pueda imaginar, los casos donde un testigo se equivoca identificando al presunto autor del hecho punible son situaciones muy usuales, y el motivo principal por la que se emiten sentencias injustas si no está legalmente representado.

Estas situaciones se deben específicamente a factores que influyen en el testigo a la hora de recordar un hecho, y que terminan jugando en su contra por mala suerte. Los siguientes se incluyen más no se limitan a los factores que se pueden presentar en determinadas circunstancias:

  • Poca iluminación
  • Sugestiones del testigo respecto al acusado
  • Parecido físico con otra persona
  • Voz parecida a la de otra persona

Bajo esta defensa, su abogado deberá evidenciar esos elementos que pudieron haber ocasionado una falsa identificación y además causar certeza en el juez de que todas estas circunstancias en efecto llevaron a una acusación errada. 

¿Qué delitos guardan relación con el robo de auto?

“GTA” o Hurto Mayor de Auto

Este delito usualmente se ofrece como reducción de cargos cuando no se encuentran satisfechos todos los elementos para que constituya robo de autos.

Dicho lo anterior, el “GTA”, consiste en tomar el vehículo de otra persona sin su consentimiento, tal y como requiere el robo de auto, con la diferencia de que no requiere el uso de la fuerza física o temor del poseedor para lograr su cometido, y además que el fin de tal acción sea privar permanentemente a la persona del vehículo.

Dicho así, este delito suena menos grave que el delito al que refiere este artículo, y en efecto lo es, por lo que de ser reducido a “GTA” el acusado se estaría ahorrando tiempo en prisión considerable, sin embargo, constituye lo que se le denomina legalmente un “wobbler”, esto quiere decir que puede ser clasificado como menor o grave (que se tambalea entre esos dos) y dependiendo de ello se tendrá la rigurosidad de la sentencia.

Secuestro durante un robo de auto

Como su nombre lo indica, una persona puede incurrir en este delito si el proceso de robar un auto secuestra al poseedor del vehículo o el pasajero que se encuentra dentro de este. Para que este delito se constituya, el acusado ha debido mover el vehículo de un lugar a otro a una distancia significativa y que tal movimiento haya aumentado el peligro que corre la víctima.

Robo a razón de la sección 211 PC

Este delito consiste en tomar las pertenencias de una persona de su presencia inmediata y contra de la voluntad de esta, valiéndose del uso de la fuerza o el temor.

Contratar un abogado de robo de auto en Los Ángeles, CA       

Si ya está enfrentando un proceso legal a razón de este delito, no se angustie y ocúpese buscado la asesoría legal que necesita para ayudarlo a entender su caso en específico. Un abogado de robo de auto en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney estará dispuesto a evaluar las circunstancias específicas y detalles del incidente que le ocasionó esta acusación, y trabajará en conjunto para determinar las defensas que lograrán dar resultados satisfactorios a su sentencia.

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